Descripción
Permite solicitar una autorización para prestaciones complementarias de telecomunicaciones a la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL), para instalar y explotar equipos de prestaciones complementarias en equipos instalados en la red de telecomunicaciones del servicio público.
La instalación y explotación de los equipos para las prestaciones complementarias no requerirán de concesión o de permiso.
¿A quién va dirigido?
Conocer másConcesionarios, permisionarios y terceros.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másPresentar una carta de solicitud dirigida al Subsecretario o Subsecretaria de Telecomunicaciones (según corresponda), que contenga:
- Descripción del servicio complementario.
- Antecedentes técnicos.
- Catálogos (si los requiere).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL), ubicada en Amunátegui 139, piso 1, Santiago. Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. En regiones, diríjase a las Secretarías Regionales Ministeriales del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Explique el motivo de su visita: solicitar autorización para prestaciones complementarias de telecomunicaciones.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Se le asignará un número de ingreso, quedando en su poder una copia de la solicitud y una copia del número de ingreso. De ser aprobada, obtendrá un oficio que autoriza prestaciones complementarias, en un plazo de 30 días hábiles después del ingreso por oficina de partes.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másLey Nº 18.168 de 1982 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Ley General de Telecomunicaciones.