Denuncias sobre libre acceso a playas de mar, ríos y lagos

Última actualización: 17 de febrero, 2025

Descripción

Todas las personas en Chile tienen derecho a acceder a playas de mar, ríos, lagos, lagunas, esteros, y cuerpos de agua en general, cuando correspondan a bienes nacionales de uso público.

Según la ley, los propietarios o propietarias de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos deberán facilitar gratuitamente el acceso a las personas, para fines turísticos y de pesca, cuando no existan otras vías o caminos públicos. Si sientes vulnerado tu derecho puedes denunciar cuando se presenten las siguientes situaciones:

  • Acceso cerrado.
  • Cobro por acceso.
  • Control por acceso.
  • Mala condición del camino de acceso.
  • Sin acceso.
  • Un tercero impide el acceso.
Si existe un acceso fijado por resolución de la autoridad, y aún así, el propietario del terreno no permite el uso del acceso, los juzgados de policía local podrán cursar multas entre 10 y 100 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). En caso de reincidencia, se podrá aplicar una multa equivalente al doble del máximo establecido.
Realiza la denuncia durante todo el año en el sitio web, y en las Secretarías Regionales Ministeriales y Oficinas Provinciales de Bienes Nacionales

Ingresa al sitio web de la Subsecretaría de Bienes Nacionales y completa el formulario de denuncia con la información solicitada. Tu solicitud será registrada y llegará a la Secretaría Regional Ministerial respectiva, donde analizarán los antecedentes, para verificar si corresponde iniciar un procedimiento de fijación de acceso.

También puedes acudir a cualquier Seremi u Oficina Provincial de Bienes Nacionales y llenar el formulario dispuesto para presentar una denuncia de modo presencial. 

Importante:

  • El trámite no tiene costo. 
  • Todas las denuncias ingresan a un registro nacional, para asegurar su control y seguimiento.
  • En caso de ser declarada “admisible” la denuncia, la Secretaría Regional Ministerial realizará un “análisis de procedencia” en un plazo de 45 días hábiles, a través de una fiscalización en terreno o la revisión de fiscalizaciones recientes. En caso de ser declarada procedente, dentro de un plazo de 60 días hábiles se confeccionará un informe técnico jurídico, el que será enviado a la Delegación Presidencial, para citar a las partes y fijar el acceso.
  • En caso de ser rechazada tu denuncia se te notificarán los motivos mediante oficio, el que podría ser enviado a tu correo electrónico para mayor rapidez en la notificación. En caso de ser aceptada, se te notificará cuando el acceso haya sido fijado.
  • Cobro por estacionamiento en recinto particular.
  • Construcción en la playa, o terrenos de playa.
  • Ingreso de automóvil a la playa.
  • Ruidos molestos (fiestas).
  • Basura en la playa o terrenos de playa.

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
7662

Los usuarios también visitaron

Copia de inscripción con vigencia o dominio vigente del registro de propiedad

Trámite en línea

El documento permite acreditar quién es el dueño de una propiedad (casa, departamento o sitio). El t...

Denuncia ante Carabineros

Realiza una denuncia ante Carabineros de Chile cuando eres víctima o testigo de un delito penado por...