Descripción
Si eres trabajador o trabajadora independiente, o prestas servicios a honorarios sin retención en la operación de impuesto a la renta, incorporarte voluntariamente al Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Esto te permitirá acceder al Seguro Social contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Conoce los requisitos
Conocer másPara ingresar al Registro de trabajador independiente voluntario debes cumplir con los siguientes requisitos:
Si eres trabajador y trabajadora independientes voluntarios:
- No estar afiliados a una mutual (ACHS, CCHC, IST).
- Percibes rentas y no estas incluido en la operación de impuesto a la renta.
- Cuenten con cotizaciones para pensión (AFP o IPS) y salud (Fonasa o ISAPRE).
Como socio, socia o dueño y dueña de empresa:
- Cotizar voluntariamente por el seguro Ley Nº 16.744.
- Poseer el mayor porcentaje de la sociedad, representación legal y representación administrativa.
- En el caso de los socios, socias o dueños y dueñas de empresa que posean la misma cantidad de acciones y representación, se les considerará a todos como trabajadores o trabajadoras independientes voluntarios.
- Tener cotizaciones para pensión (AFP o IPS) y salud (Fonasa o ISAPRE)
Como trabajador y trabajadora a honorario:
- No tuviste retención de cotizaciones para la Ley Nº 16.744 en la última operación renta.
- Cuentas con cotizaciones para pensión (AFP o IPS) y salud (Fonasa o ISAPRE).
Inscríbete
Conocer másRealiza tu inscripción al Registro de trabajador independiente voluntario a través del sitio web del Instituto de Seguridad Laboral, con tu ClaveÚnica
Importante: tu registro estará vigente hasta que presentes un documento que acredite tu afiliación a alguna de las mutualidades privadas.
Más información
Conocer másUna vez realizada tu inscripción, obtén el talón de pago de tus cotizaciones.
- Calcula el monto que tendrás que pagar, se usará como referencia el monto de ingreso (por el cual cotizó para su pensión y salud común). Este monto no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual ni superior al máximo imponible que rija para el año en curso.
- Si después de estar registrado, debes corregir alguno de tus datos, tendrás un plazo máximo de siete días para informarlos a través del formulario en línea o yendo a una de las oficinas del ISL.
Los requisitos para acceder a las prestaciones del seguro son:
- Estar inscrito previamente en el registro, es decir, con anterioridad al accidente o al diagnóstico de la enfermedad.
- Estar al día en el pago de tus cotizaciones de salud, previsión y ley de accidentes.
- Haber pagado, a lo menos, seis cotizaciones, continuas o discontinuas, en los 12 meses anteriores al accidente o al diagnóstico de la enfermedad profesional. Esto, sin importar de que se hayan realizado como trabajador o trabajadora independiente o dependiente.
- Haber pagado las cotizaciones para pensión y salud en el mes antepasado al accidente o al diagnóstico de la enfermedad profesional.
- Como trabajador o trabajadora independientes que está afilian por primera vez al seguro social, durante los tres primeros meses, accederás a las prestaciones siempre que pagues, a lo menos, las cotizaciones del mes en que ocurrió el accidente o se diagnosticó la enfermedad.