Devolución masiva en línea de cotizaciones de salud pagadas en exceso a Fonasa

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Última actualización: 9 de enero, 2025

Descripción

Las personas usuarias del Fondo Nacional de Salud (Fonasa) pueden solicitar en línea la Devolución por Cotizaciones Pagadas en Exceso (DPE).

Cuando los excesos se generen por renta imponible errónea, término de la relación laboral, licencia médica, fallecimiento del o de la cotizante, relación laboral inexistente, y permiso sin goce de remuneraciones, entre otras causales, los y las cotizantes tendrán que solicitar la devolución individual en las sucursales de Fonasa, en cualquier momento del año.

El actual proceso contempla las cotizaciones de cinco años, desde abril de 2019 a marzo de 2024. 
El plazo para solicitar la devolución masiva de cotizaciones de salud pagadas en exceso a Fonasa se extenderá hasta el 2 de marzo de 2025.
  • Los trabajadores y las trabajadoras que pagaron cotizaciones sobre el tope imponible legal mensual, es decir, más de 84,3 Unidades de Fomento (UF) en 2024.
  • Los empleadores y las empleadoras que, por error, realizaron un doble pago idéntico (considerando un mismo período, trabajador o trabajadora, empleador o empleadora, renta, y monto de cotización).

El pago de la devolución masiva depende de la fecha en la que aceptaste la propuesta y se realizará, a través de depósito, en caso de que dispongas de una cuenta bancaria. En caso contrario, podrás ingresar tus datos bancarios para realizar el pago correspondiente.

Revisa el calendario de pagos.

Si eres una persona natural, en el sitio web de Fonasa podrás revisar con tu ClaveÚnica si tienes cotizaciones de salud pagadas en exceso. Las personas jurídicas deben hacerlo con su RUT.

Si necesitas más información, llama al 600 360 3000 o consulta a través de las redes sociales XFacebook e Instagram.

Importante:  si no estás de acuerdo con la propuesta publicada, puedes realizar una solicitud de devolución individual a través de un formulario o en cualquier sucursal de Fonasa.

Circulares IF Nº 164, IF Nº 131 e IF Nº 299 de la Superintendencia de Salud.

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