Solicitud de importación de productos químicos

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Descripción

Permite a personas naturales y jurídicas, registradas ante la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) como Autoridad Nacional para la Convención de Armas Químicas (CAQ), obtener autorizaciones de importación para realizar operaciones comerciales con sustancias químicas controladas por dicha convención y por la Ley Nº 21.250, que implementa la CAQ y la CABT.

Está destinado para empresas o industrias que realicen operaciones comerciales de importación de sustancias químicas controladas.

El trámite se puede realizar durante todo el año a través del sitio web de la DGMN.

Personas naturales y jurídicas que realicen operaciones de importación de sustancias químicas controladas.

  • Registro en la base de datos de la Autoridad Nacional para la CAQ.
  • Copia de la factura o comprobante de venta.
  • Ficha de datos de seguridad o certificado de análisis.
  • Nota de despacho, en caso de ser comprada en Chile e importada por el comprador.
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en el botón "Solicitar importación".
  2. Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en "Iniciar trámite" en "Solicitud de Importación o Exportación Productos Químicos".
  3. Ingrese el RUT de la empresa, registrada previamente ante la DGMN, y haga clic en "Importar" y, luego, en "Siguiente".
  4. Complete la información solicitada (nombre de la sustancia química, número CAS, código arancelario, fecha aproximada de la exportación, aduana de salida y país de destino de la mercancía), haga clic en "Siguiente" y, luego, en "Fin de trámite". Recibirá, en su correo electrónico, un comprobante de la solicitud.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización para importar sustancias químicas, que será evaluada en un plazo máximo de siete días.

Si requiere más información:

  • Escriba al correo electrónico ateneo@dgmn.cl o gulloa@dgmn.cl.
  • Llame al +56 23 327 7117 o al +56 23 327 7067.
  • Posterior a la importación, se debe remitir a los correos electrónicos la Declaración de Ingreso (DI) en un plazo no superior a 30 días efectuada la operación aduanera.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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