Descripción
Los condominios de viviendas tuteladas corresponden a conjuntos habitacionales de viviendas individuales, adecuadas para personas mayores autovalentes y en situación de vulnerabilidad.
El objetivo es que estas personas accedan a una solución habitacional y, además, reciban apoyo, en función de promover su autonomía, pertenencia e identidad a través de un plan de intervención social que promueve su participación comunitaria y de acceso a redes de apoyo.
Las viviendas se asignan en calidad de comodato, lo que implica que la persona beneficiaria no es dueña de la propiedad.
Revise más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas de 60 años o más que requieran una solución habitacional y apoyo psicosocial que cumplan los siguientes requisitos:
- Sean autovalentes, y que no tengan una enfermedad física o mental que requiera atención imprescindible en un establecimiento hospitalario, lo que debe estar acreditado por un profesional de la salud.
- Pertenezcan hasta el tramo del 60% del Registro Social de Hogares.
- No cuenten o presenten carencia de redes de apoyo socio-familiares efectivas, lo que se acredita con un informe social.
- Tengan una pensión que permita la compra de alimentos, pagos de servicios básicos de la vivienda u otra necesidad que sea requerida.
- Cuenten con un familiar o persona significativa que represente sus intereses frente a SENAMA y la entidad operadora.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Fotocopia de la cédula de identidad de la persona postulante (por ambos lados).
- Certificado médico que acredite condición de salud (diagnóstico y tratamiento) y nivel de valencia. Debe decir claramente que no requiere atención hospitalaria.
- Cartola Hogar del Registro Social de Hogares (RSH) actualizado.
- Informe social que acredite: condición de vivienda, salud, redes familiares de apoyo no efectivas o carencia de redes y situación socioeconómica.
- Copia de la última liquidación de pago de pensión (emitida por la entidad previsional).
- Copia de la cédula de identidad del apoderado o persona significativa (por ambos lados), con datos de dirección particular y teléfono de contacto.
- ClaveÚnica, si lo realiza de forma online.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa postulación tiene una duración de un año, por lo que en el caso de que en este período no existan viviendas disponibles, la persona que postula deberá actualizar sus antecedentes.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes.
- Haga clic en el botón "Solicitar vivienda".
- Una vez en el sitio web de la institución, seleccione "Solicitud de Postulación para Ingreso a Condominios de Viviendas Tuteladas" y haga clic en "Iniciar sesión".
- Ingrese su RUN y ClaveÚnica, y pulse "Ingresa". Si no la tiene, solicítela.
- Complete los requisitos y adjunte los documentos solicitados.
- Como resultado del trámite, la persona que haya presentado la solicitud será informada del análisis de su postulación (admisible o inadmisible) y, en caso de admisibilidad, será incorporada en la lista de postulantes.
Importante: solicite más información al Fono Mayor 800 400 035.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la coordinación regional del SENAMA más cercana a su domicilio.
- Explique el motivo de su visita: postular al ingreso a condominios de viviendas tuteladas.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá postulado al fondo. El tiempo de respuesta, entre la postulación y la notificación de que ha obtenido el beneficio, varía de acuerdo a la disponibilidad de viviendas.
Importante:
- Puede solicitar más información al Fono Mayor: 800 400 035.
- La postulación tiene una duración de seis meses, por lo que en el caso de que en este período no existan viviendas disponibles, la persona que postula deberá actualizar sus antecedentes.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Importante: el ser una persona beneficiaria del programa implica que será responsable de financiar y mantener al día el pago de cuentas de servicios básicos de la vivienda y del resto de los gastos cuya cobertura no corresponda financiar al SENAMA. En caso de incumplimiento, SENAMA está facultado para poner término al contrato de comodato.
Marco Legal
Conocer másDecreto Nº 49, que regula el programa de Viviendas Protegidas para Adultos Mayores.