Descripción
Permite a personas naturales y jurídicas solicitar a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) que apruebe y califique la habilitación y operación de helipuertos privados y públicos.
Excepcionalmente, la DGAC podrá excluir del cumplimiento de la normativa (previo estudio técnico operacional específico) la habilitación de helipuertos de uso público o particular, según lo establecido en la DAC 14 00 004 D.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPropietarios, propietarias, y explotadores de helipuertos.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Individualización del o de la solicitante: nombre completo, RUT, teléfono y correo electrónico.
- Planos del proyecto (planta y corte).
- Acta de constitución protocolizada ante notario o notaria, si se trata de una sociedad.
- Ubicación del proyecto (dirección, comuna, provincia y región).
- Archivo kmz de Google Earth con la ubicación exacta del punto donde será emplazado el proyecto.
- Antecedentes legales del predio donde está contemplada la ubicación del proyecto (apéndice B de la circular DAC 14 00004D), protocolizados ante notario o notaria.
- Acreditar la autorización del propietario o propietaria, mediante carta y certificado de dominio vigente del terreno donde se emplazará el helipuerto.
- Declaración jurada del administrador o de la administradora del aeródromo (apéndice A o apéndice A-1, según la circular DAC 14 00004D), quien será el o la responsable de cumplir con la reglamentación y normativa aeronáutica vigente.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “ir al trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web de la DGAC, seleccione "estudio de factibilidad técnica para la habilitación de helipuertos", complete la información solicitada, adjunte los antecedentes requeridos, y haga clic en “enviar formulario”.
- El sistema le entregará el número de solicitud, y le dará la posibilidad de ingresar nuevos requerimientos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el estudio de factibilidad.
Importante:
- Una vez pagada el servicio y finalizado el requerimiento, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) designará a un ingeniero o ingeniera en geomensura (inspector o inspectora de aeródromos) para realizar el estudio de factibilidad del helipuerto.
- Si necesita más información, escriba al correo electrónico: aerodromos@dgac.gob.cl, o llame al +56 2 2290 46 35.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másEl costo del trámite está contenido en las tasas y derechos aeronáuticos (artículo Nº 45) de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), el que se reajusta trimestralmente.
La tarifa aeronáutica se puede pagar en:
- Efectivo.
- Cheque nominativo y cruzado a nombre de la Dirección General de Aeronáutica Civil, emitido por la persona natural o jurídica que realice el trámite.
- Vale vista a nombre de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
- Tarjeta de débito o crédito.
Importante:
- El monto del cheque o el vale vista debe ser exacto.
- Adicionalmente, el costo podría aumentar considerando el traslado y viáticos de los inspectores o inspectoras responsables de la visita técnica.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 18.916 sobre el código aeronáutico.
- DAR-14 sobre el reglamento de aeródromos.
- Ley Nº 16.752 sobre la organización y funciones de la DGAC.