Descripción
Permite a personas naturales, mayores de 18 años, solicitar a la autoridad fiscalizadora de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) un permiso para portar un arma de defensa personal, previamente inscrita para este uso.
Antes de emitir la resolución, la institución estudiará los antecedentes que justifican el porte del arma.
Revise más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales, mayores de 18 años, que debido a sus actividades laborales u otros motivos, acrediten que existe real peligro hacia su integridad personal.
Importante: las personas interesadas deben tener un arma inscrita a su nombre para defensa personal.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Carta dirigida a la autoridad fiscalizadora para solicitar el porte del arma de defensa personal. Debe incluir: nombre completo, dirección, correo electrónico y firma.
- Antecedentes que comprueben su solicitud.
- Fotocopia (por ambos lados) de la cédula de identidad vigente.
- Certificado de antecedentes para fines especiales.
- Certificado médico emitido por un psiquiatra para acreditar que se encuentra psíquicamente apto o apta.
- Dos fotos tamaño carnet con nombre y RUN.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la autoridad fiscalizadora de la DGMN.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la autorización para portar un arma de defensa personal.
- Entregue los antecedentes requeridos y realice el pago correspondiente.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso, cuya resolución podrá retirar en la oficina de la autoridad fiscalizadora en un plazo de 20 días hábiles, siempre y cuando no se requieran nuevos antecedentes.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 17.798.
- Decreto Nº 83, que aprueba el reglamento complementario de la Ley Nº 17.798 sobre control de armas y elementos similares.