Descripción
Es una encuesta que permite recopilar información de los hogares afectados por emergencias, tales como: terremotos, tsunamis, aluviones, incendios forestales, entre otros; y que producto de la emergencia fueron afectados sus enseres y su vivienda.
La ficha recopila información declarada por alguna persona que integra el grupo familiar afectado, quien debe tener 18 años o más.
Las preguntas de la encuesta consisten en recoger información sobre la ubicación del hogar, cuántas personas componen el grupo familiar y sus características, identificación de necesidades especiales, existencia de redes y participación, información y apreciación del daño de la vivienda.
Los beneficios que se otorgan en situaciones de emergencia, se asignan dependiendo el tipo de emergencia y afectación en las familias.
¿A quién va dirigido?
Conocer másHogares afectados por desastres o catástrofes.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másNo se requiere presentar ningún documento. Serán empleados públicos quienes se acercarán al domicilio del hogar afectado para aplicar la encuesta.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másCada encuesta aplicada es válida para una emergencia a la vez, es decir, estará vigente para todos los trámites y necesidades que surjan a raíz de la emergencia puntual por la que fue tomada. En el caso de que un hogar sufra posteriores emergencias, se le deberán tomar nuevas fichas.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y lo faculta a colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes, y programas en materia de equidad y/o desarrollo social, especialmente aquellas destinadas a erradicar la pobreza y brindar protección social a las personas, familias o grupos vulnerables en distintos momentos del ciclo vital, promoviendo la movilidad e integración social y la participación con igualdad de oportunidades en la vida nacional.
- Ley 19.628, sobre protección a la vida privada, que define los datos personales y sensibles que deben ser resguardados para garantizar la privacidad de las personas, y evitar el mal uso de dicha información.
- Decreto Exento N° 1.434, de 2017, del Ministerio del Interior, que aprueba la Ficha Básica de Emergencia (FIBE) y la Ficha Básica de Emergencia Hídrica (FIBEH), como instrumentos de catastro que se aplican en terreno en el o las áreas afectadas como consecuencia de una emergencia, para identificar a los afectados y sus grupos familiares, y para catastrar de forma eficaz la necesidad o déficit de agua potable para la población.
- Resolución 510 exenta, de 2022, que aprueba el manual de procedimiento para la aplicación de la FIBE y FIBEH.
- Resolución 160 exenta, de 2021, que aprueba el formato y la guía de aplicación de la FIBE.