Descripción
Si tu familia no es dueña de una vivienda y tiene capacidad de ahorro, postula a este aporte del Estado que permite construir una vivienda de hasta 140 m² en un sitio propio o en un terreno donde ya existe otra vivienda.
Cada proyecto habitacional debe tener a lo menos tres recintos (un baño, estar/comedor/cocina y un dormitorio).
Este subsidio habitacional permite complementar el valor de la vivienda con recursos propios o con crédito hipotecario, en caso de necesitarlo.
Importante: para postular debías tener el ahorro mínimo depositado y como saldo disponible en tu cuenta de ahorro para la vivienda hasta el 30 de octubre de 2024 (14:00 horas).
Revisa más información.
Revisa los requisitos y documentos
Conocer más- Tener mínimo 18 años de edad.
- Tener cédula de identidad vigente.
- Si eres una persona extranjera, debes presentar tu cédula de identidad para extranjeros con residencia definitiva, información proporcionada por el Servicio Nacional de Migraciones.
- Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses.
- Acreditar un ahorro mínimo de 50 Unidades de Fomento (UF), el que debía estar depositado y reflejado como saldo disponible en la cuenta de ahorro para la vivienda a más tardar el 30 de octubre de 2024 (14:00 horas). A partir de esa fecha no puedes efectuar giros en la cuenta.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH). Si el RSH es superior al 90% deberás cumplir con el límite de renta establecido.
- En caso de postular colectivamente el grupo debe:
- Tener un mínimo de 2 integrantes.
- Postular a través de una entidad patrocinante.
- Acreditar la disponibilidad de un terreno por medio de alguna de las siguientes alternativas:
- Inscripción del sitio a nombre tuyo como postulante, o de tu cónyuge o conviviente civil.
- Inscripción del sitio a nombre del grupo organizado.
- Certificado de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) en caso de tierras indígenas.
- Usufructo o derecho real de uso del terreno a tu favor como postulante.
- Derechos en comunidades agrícolas.
- Sitio a nombre de una cooperativa de la cual eres socio o socia.
- Cesión de derechos inscrita del terreno a favor tuyo como postulante (Ley N° 19.253, de octubre de 1993).
- Certificado emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales (si es necesario).
- Contar con los certificados de informaciones previas y factibilidad de servicios, emitidos con fecha no anterior al 1 de enero de 2023. Si postulaste al primer y segundo llamado de 2023 y/o al primer llamado de 2024, no debes presentar este documento.
Además, tu familia debe cumplir los siguientes requisitos:
- No tener una vivienda.
- Contar con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o con recursos propios.
- Acreditar la disponibilidad de un terreno.
Consulta los resultados
Conocer másRevisa los resultados de la postulación al segundo llamado del programa a través del sitio web del Minvu con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Lee el marco legal
Conocer más- Decreto Supremo Nº 1, de 2011, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Resolución Exenta Nº 1.608, de 2024, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.