Descripción
Si tu familia no es dueña de una vivienda y tiene capacidad de ahorro, postula a este aporte del Estado que permite construir una vivienda de hasta 140 m² en un sitio propio o en un terreno donde ya existe otra vivienda.
Cada proyecto habitacional debe tener a lo menos tres recintos (un baño, estar/comedor/cocina y un dormitorio).
Este subsidio habitacional permite complementar el valor de la vivienda con recursos propios o con crédito hipotecario, en caso de necesitarlo.
Revisa más información.
Revisa los requisitos y documentos
Conocer más- Tener mínimo 18 años de edad.
- Tener cédula de identidad vigente.
- Si eres una persona extranjera, debes presentar tu cédula de identidad para extranjeros con residencia definitiva, información proporcionada por el Servicio Nacional de Migraciones.
- Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses.
- Acreditar un ahorro mínimo de 50 Unidades de Fomento (UF), el que debía estar depositado y reflejado como saldo disponible en la cuenta de ahorro para la vivienda a más tardar el 30 de octubre de 2025. A partir de esa fecha no puedes efectuar giros en la cuenta.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH). Si el RSH es superior al 90% deberás cumplir con el límite de renta establecido. Revisa tu tramo en Mi ChileAtiende con tu RUN y ClaveÚnica.
- En caso de postular colectivamente el grupo debe:
- Tener un mínimo de 2 integrantes.
- Postular a través de una entidad patrocinante.
- Acreditar la disponibilidad de un terreno por medio de alguna de las siguientes alternativas:
- Inscripción del sitio a nombre tuyo como postulante, o de tu cónyuge o conviviente civil.
- Inscripción del sitio a nombre del grupo organizado.
- Certificado de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) en caso de tierras indígenas.
- Usufructo o derecho real de uso del terreno a tu favor como postulante.
- Derechos en comunidades agrícolas.
- Sitio a nombre de una cooperativa de la cual eres socio o socia.
- Cesión de derechos inscrita del terreno a favor tuyo como postulante (Ley N° 19.253, de octubre de 1993).
- Certificado emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales (si es necesario).
- Contar con los certificados de informaciones previas y factibilidad de servicios, emitidos con fecha no anterior al 1 de enero de 2024. Si postulaste al primer y segundo llamado de 2024 o al primer llamado de 2025, no debes presentar este documento.
Además, tu familia debe cumplir los siguientes requisitos:
- No tener una vivienda.
- Acreditar la disponibilidad de un terreno.
Conoce más detalles de la postulación
Conocer másExisten tres alternativas de postulación:
- Automática: accede a esta modalidad si postulaste al primer llamado nacional de 2025, no fuiste seleccionado y en esta oportunidad tienes una propuesta para aprobar o rechazar.
- En línea.
- Formulario de atención ciudadana: solo si no pudiste postular de forma automática o en línea.
Los montos fijos del subsidio son:
- 400 UF para las regiones desde Coquimbo hasta Los Lagos.
- 500 UF para las regiones desde Arica y Parinacota hasta Atacama, además de la Provincia de Chiloé.
- 550 UF para las regiones de Aysén y Magallanes, además de la Provincia de Palena y las comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández.
Consulta los resultados
Conocer másRevisa los resultados de la postulación al segundo llamado del programa a través del sitio web del Minvu con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Presenta una apelación
Conocer másSi deseas apelar por el resultado de tu postulación al DS1, ingresa al sitio web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Deberás presentar por escrito los errores que no sean atribuibles a tu responsabilidad y adjuntar la documentación que lo acredite.
El período de apelación considera un plazo de 10 días corridos a contar del lunes 13 hasta el miércoles 22 de abril (18:00 horas).
Lee el marco legal
Conocer más- Decreto Supremo Nº 1, de 2011, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Resolución Exenta 1.628, de 2025.