Solicitar bonificación en bosque nativo

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Descripción

Permite acceder a una bonificación que otorga el Estado, destinada a contribuir a solventar el costo de ciertas actividades relacionadas al manejo de bosque nativo y formaciones xerofíticas de alto valor ecológico.

Para acceder al beneficio, debe contar con un proyecto adjudicado en uno de los concursos del Fondo de Conservación, Recuperación y Manejo Sustentable del Bosque Nativo, y contar con un plan de manejo o norma de manejo aprobado.

La solicitud se puede realizar durante todo el año, en el sitio web y oficinas de la CONAF.

 

  • Propietarios o propietarias de predios que efectúen actividades bonificables en bosques nativos o formaciones xerofíticas de alto valor ecológico. 
  • También pueden ser beneficiarios o beneficiarias, los poseedores regulares en trámite de saneamiento de título y los cesionarios que acrediten la transferencia de la bonificación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley Nº 20.283.

El plazo de tramitación del informe de ejecución de actividades bonificables es de 90 días hábiles. Las actividades bonificables, están establecidas en el artículo 22 de la Ley Nº 20.283 y establecen lo siguiente: 

  • Actividades que favorezcan la regeneración, recuperación o protección de formaciones xerofíticas de alto valor ecológico o de bosques nativos de preservación, con el fin de lograr la mantención de la diversidad biológica, con excepción de aquellos pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE).
  • Actividades silviculturales dirigidas a la obtención de productos no madereros.
  • Actividades silviculturales destinadas a manejar y recuperar bosques nativos para fines de producción maderera.

Para el pago de bonificaciones por parte de la Tesorería General de la República, CONAF emitirá un informe de bonificación de bosque nativo, que consignará que se ha cumplido con todos los requisitos establecidos en la Ley y sus reglamentos.

Importante: previamente el beneficiario o beneficiaria debe tener un proyecto adjudicado en uno de los concursos del Fondo de Conservación, Recuperación y Manejo Sustentable del Bosque Nativo, contar con un plan de manejo o norma de manejo aprobado que esté en concordancia con la base técnica del concurso y ejecutar las actividades aprobadas. 

Para cobrar la bonificación, es necesario presentar ante CONAF los siguientes antecedentes:

  • Formulario de “informe de ejecución de actividades bonificables literal (a)” o “informe de ejecución de actividades bonificables literal (b) y (c)”, según corresponda, suscrito por alguno de los profesionales señalados en el artículo 7 de la Ley Nº 20.283
  • Autorización de ingreso al predio (a menos que se haya presentado con anterioridad ante CONAF). 
  • Cartografía digital georeferenciada. 
  • Copia de inscripción de dominio del predio, con certificado de vigencia con una antigüedad no mayor a 120 días hábiles, contados desde la fecha de su expedición por parte del respectivo Conservador de Bienes Raíces. Sólo para segundas presentaciones, se puede presentar una declaración jurada del propietario firmada ante notario para acreditar que no ha existido cambio de dominio del predio. 
  • Copia autorizada ante notario público o según lo dispuesto en la Ley Nº 19.088, o certificado de profesionales del Registro Civil, del certificado de título profesional, y, si fuere el caso, certificado de estar en posesión de un postítulo o postgrado que lo habilite para efectuar los estudios en conformidad al artículo 7 de la Ley Nº 20.283. La CONAF mantiene un listado de profesionales que han presentado sus antecedentes, a los cuales no se les exige este requisito dicho documento.
  • Copia del Rol Único Tributario del titular del proyecto adjudicado o cesionario. 
  • Instrumento público o privado en que conste la transferencia de la bonificación, cuando corresponda.
  • Acreditar inscripción vigente en el registro de personas jurídicas a que se refiere la Ley Nº 19.862, cuando corresponda.
  • Declaración jurada simple que acredite que se encuentran al día el pago de las cotizaciones establecidas para el financiamiento del Seguro Obligatorio de Cesantía.
  • Acreditar inscripción en el Registro de Comunidades Indígenas, cuando corresponda. 
  • Documentación legal, según tipo de propietario o propietaria. Obtenga más información.

Indefinida. 

La presentación del informe de ejecución de actividades bonificables debe realizarse dentro del plazo de dos años, contados desde la ejecución de las actividades bonificables consignadas en el plan de manejo.

Cuando la actividad bonificable se refiera a revegetación, enriquecimiento ecológico, establecimiento de conexiones entre áreas de formaciones xerofíticas de alto valor ecológico o bosques nativos de preservación y plantación suplementaria, la solicitud de pago deberá presentarse en el período comprendido entre el segundo y cuarto año, contados desde la ejecución de la actividad.

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en "solicitud de bonificación".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en “ingresar” escriba su RUT y contraseña. Si no está registrado cree una cuenta.
  4. En el menú, seleccione la opción mis estudios "informe de ejecución de actividades bonificables" y su literal correspondiente.
  5. Complete los datos requeridos, y adjunte los documentos.
  6. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud. Obtendrá una respuesta a través de una resolución que aprueba o rechaza la solicitud. CONAF enviará los antecedentes a la Tesorería General de la República, para que esta entidad pague finalmente la bonificación.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos. 
  2. Diríjase a la oficina regional, provincial o de área de CONAF que corresponda. 
  3. Explique el motivo de su visita: presentar un informe de ejecución de actividades bonificables.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud. Obtendrá una respuesta a través de una resolución que aprueba o rechaza la solicitud. CONAF enviará los antecedentes a la Tesorería General de la República, para que esta entidad pague finalmente la bonificación.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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