Descripción
Permite al propietario o propietaria de un predio que tiene un bosque nativo solicitar la exención del impuesto territorial que tienen los terrenos agrícolas.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPropietarios y propietarias de predios que posean bosque nativo.
Detalles
Conocer másLos bosques nativos deben cumplir con la definición de bosque contenida en la Ley Nº 20.283 sobre recuperación de bosque nativo y fomento forestal.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Formulario "declaración de bosques nativo", elaborado por un ingeniero forestal, ingeniero agrónomo especializado, ingeniero en conservación de recursos naturales, ingeniero en recursos naturales o un profesional que cumpla con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 20.283.
- Autorización de ingreso al predio (a menos que se haya presentado con anterioridad ante CONAF).
- Cartografía digital georeferenciada.
- Copia de inscripción de dominio del predio, con certificado de vigencia que no tenga una antigüedad mayor de 120 días hábiles, contada desde la fecha de emisión del respectivo Conservador de Bienes Raíces. Solo para segundas presentaciones, se puede presentar una declaración jurada del propietario o propietaria firmada ante notario para acreditar que no ha existido cambio de dominio del predio.
- Copia autorizada ante notario público o según lo dispuesto en la ley Nº 19.088, o certificado de profesionales del Registro Civil, del certificado de título profesional, y, si fuere el caso, certificado de estar en posesión de un postítulo o postgrado que lo habilite para efectuar los estudios en conformidad al artículo 7 de la Ley Nº 20.283. La Corporación mantiene un listado de profesionales que han presentado sus antecedentes a CONAF, a los cuales no se les exige este requisito en siguientes presentaciones.
- Documentación legal, según tipo de propietario o propietaria. Obtenga más información.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másIndefinida.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "solicitud de declaración".
- Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en “ingresar” escriba su RUT y contraseña. Si no está registrado, cree una cuenta.
- En el menú, seleccione la opción mis estudios “declaración de bosque de protección”.
- Complete los datos requeridos, y adjunte los documentos.
- Como resultado del trámite, habrá presentado una declaración de un bosque de protección. La CONAF tiene un plazo de 60 días para pronunciarse respecto de la solicitud a través de una resolución.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina regional, provincial o de área de CONAF que corresponda.
- Explique el motivo de su visita: solicitar una declaración de un bosque nativo.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud. Obtendrá una respuesta a través de una resolución que aprueba o rechaza la declaración. La CONAF tiene un plazo de 60 días para pronunciarse respecto de la solicitud a través de una resolución.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 20.283 sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal.
- Decreto Supremo (DS) Nº 93, reglamento general de la Ley Nº 20.283 sobre recuperación del bosque nativo y fomento Forestal.