DS 1 - Tramo 2: Subsidio habitacional para construir una vivienda de hasta 1.600 UF

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Descripción

Este apoyo del Estado permite a las familias que no son dueñas de una vivienda y tienen capacidad de ahorro, construir una vivienda de hasta 140 m2 en un sitio propio o en un terreno donde ya existe otra vivienda.

Cada proyecto habitacional debe tener a lo menos tres recintos (un baño, estar/comedor/cocina y un dormitorio).

Este subsidio habitacional permite complementar el valor de la vivienda con recursos propios o con crédito hipotecario, en caso de necesitarlo.

Revisa más información

Postulación: finalizó el 31 de mayo de 2024.
El ahorro mínimo debía estar depositado y como saldo disponible en la cuenta de ahorro para la vivienda hasta las 14:00 horas del 30 de abril de 2024.

Familias que:

  • No posean una vivienda.
  • Tengan capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o con recursos propios.
  • Puedan acreditar la disponibilidad de un terreno.

Importante

  • Para la postulación en línea se debe contar con ClaveÚnica del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
  • Los adultos mayores podrán pertenecer hasta el 90% más vulnerable de la población, de acuerdo con la calificación socioeconómica vigente establecida en el Registro Social de Hogares (RSH).

Se habilitarán las siguientes vías de postulación:

  • Postulación automática: para postulantes no seleccionados en el segundo llamado de 2023 en las modalidades adquisición de vivienda y construcción en sitio propio. Podrán revisar en el sitio web del MINVU si tienen disponible una propuesta de postulación para ser aceptada o rechazada. Esta alternativa estará operativa a partir de las 8:30 horas del 20 de mayo hasta las 16:00 horas del 31 de mayo de 2024.
  • Postulación en línea: para nuevos postulantes, o para quienes no aceptaron la propuesta de postulación automática, o para quienes no requieran adjuntar documentación especial de acreditación. Quienes utilicen esta vía y acrediten a intregrantes mayores de 18 años como parte del núcleo familiar, a excepción del cónyuge, estos también deberán contar con ClaveÚnica. Esta alternativa estará disponible desde las 8:30 horas del 22 de mayo hasta las 16:00 horas del 31 de mayo de 2024.
  • Solicitud vía formulario de atención ciudadana: para aquellos casos que no puedan ser atendidos a través de postulación automática o postulación en línea. Esta alternativa de atención estará disponible a partir de las 8:30 horas del 23 de mayo hasta las 16:00 horas del 31 de mayo de 2024.

Se pueden construir viviendas para uso habitacional del beneficiario y su familia, con un monto promedio de subsidio de 600 UF, para todas las regiones. 

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Tener cédula de identidad vigente.
  • Las personas extranjeras deberán presentar cédula de identidad para extranjeros con residencia definitiva. La vigencia de la residencia definitiva será verificada y proporcionada por el Servicio Nacional de Migraciones.
  • Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses (abierta hasta el 30 de abril de 2023).
  • Acreditar un ahorro mínimo de 30 UF, el que debe estar depositado y reflejado como saldo disponible en la cuenta de ahorro para la vivienda a más tardar el 30 de abril de 2024, hasta las 14:00 horas. A partir de esa fecha no deberás efectuar giros en la cuenta.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 80%. Los adultos mayores podrán pertenecer hasta el tramo del 90%, según Registro Social de Hogares.
  • En caso de postular colectivamente el grupo debe:
    • Tener un mínimo de 2 integrantes.
    • Postular a través de una Entidad Patrocinante.
  • Acreditar la disponibilidad de un terreno por medio de alguna de las siguientes alternativas:
    • Inscripción del sitio a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.
    • Inscripción del sitio a nombre del grupo organizado.
    • Certificado CONADI en caso de tierras indígenas.
    • Usufructo o derecho real de uso del terreno a favor del postulante.
    • Derechos en comunidades agrícolas.
    • Sitio a nombre de una cooperativa de la cual el postulante es socio.
    • Cesión de derechos inscrita del terreno a favor del postulante (Ley Nº 19.253 de octubre de 1993).
    • Certificado emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales (si es necesario).
  • Contar con los certificados de informaciones previas y factibilidad de dación de servicios emitidos con fecha no anterior al 1 de enero de 2023 (aquellos que postularon al primer y segundo llamado 2023 no deberán presentar esta certificación porque se considerará la que presentaron en algunos de esos llamados).

El certificado de subsidio habitacional tiene una vigencia de 21 meses desde su emisión.

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