Descripción
Permite que trabajadores y trabajadoras con una remuneración menor a $500.000 brutos, puedan acceder al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), que es un aporte económico para quienes, tengan un contrato laboral, sujeto al Código del Trabajo y con jornada ordinaria, es decir, que trabajen más de 30 y hasta 45 horas semanales.
El subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado permite a los trabajadores y trabajadoras recibir un apoyo monetario de hasta $78.955, dependiendo de su ingreso bruto.
Pueden postular los empleadores y/o trabajadores que tengan contrato bajo el Código del Trabajo y que cumplan los requisitos.
Revisa las preguntas frecuentes, y conoce más información sobre el cálculo de montos en el campo "detalles" de esta ficha.
¿A quién va dirigido?
Conocer másA todos los trabajadores y trabajadoras dependientes que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener un contrato suscrito al Código del Trabajo.
- Tener un sueldo bruto menor a $500.000.
- El contrato debe ser con una jornada ordinaria, es decir, superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
- Tener una calificación socioeconómica dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).
Importante:
Si el trabajador o trabajadora recibía el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no podrá recibirlos junto con el subsidio para el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). En esos casos, solo recibirá el subsidio para el IMG. Sin embargo, si por los otros subsidios habría recibido más, se le pagará la diferencia a favor en el proceso de liquidación del año siguiente.
Detalles
Conocer másCálculo del monto del subsidio:
La verificación de los requisitos para acceder al subsidio va a considerar la base de información histórica del subsidio, es decir, se considerará la información más actualizada, ingresada por el empleador y/o trabajador. Sin embargo, si el trabajador o trabajadora también ha ingresado su postulación en ese período, se considerará la información de la persona trabajadora.
El cálculo del subsidio se realiza todos los meses, por lo tanto, puede variar si es que, por ejemplo, se modificó el monto de la remuneración pactada en tu contrato. La información que se considera tiene base en la renta declarada en el sistema PreviRed, del tercer mes, previo al mes en que se concede y se paga el subsidio.
Mes de pago IMG | Renta declarada en |
Enero | Octubre |
Febrero | Noviembre |
Marzo | Diciembre |
Abril | Enero |
Mayo | Febrero |
Junio | Marzo |
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másPostulación hecha por empleador o empleadora:
- Para la postulación en línea, el empleador debe tener clave tributaria del SII.
- Correo electrónico de cada trabajador o trabajadora.
Postulación realizada por la persona trabajadora:
- Número de documento de la cédula de identidad.
- Correo electrónico.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer más- El último pago del Ingreso Mínimo Garantizado será el correspondiente a junio de 2024, en base a la observación de la información de rentas y trabajos de marzo 2024.
- Las últimas postulaciones para acceder a IMG serán las que ingresen hasta el 31 de mayo de 2024.
- Todas las personas que hayan postulado alguna vez, antes del 31 de mayo de 2024 y tengan derecho al pago del IMG, recibirán su pago el 27 de junio de 2024.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 21.218, que crea un subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado.
- Ley Nº 21.578 reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, aumenta el universo de beneficiarios de la asignación familiar y maternal, y extiende el Ingreso Mínimo Garantizado y el subsidio temporal a la micro, pequeña y mediana empresas en la forma que indica.