Descripción
Solicita orientación y asesoría jurídica ante la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) para adoptar a niño, niña o adolescente.
La adopción es el acto de recibir legalmente como propio a un hijo o una hija que biológicamente no lo es, para brindarle el afecto y los cuidados necesarios para satisfacer sus necesidades espirituales y materiales.
Conoce los valores de las asesorías
Conocer másLa Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) te entrega orientación e información de manera gratuita si eres una persona natural.
Si necesitas el patrocinio de un abogado o abogada para un juicio, la CAJ también te apoya sin costo, siempre y cuando no cuentes con los recursos para pagarlo. Para esto, un asistente social aplicará los mecanismos de focalización institucional, y en los casos que corresponda realizará una evaluación socioeconómica para determinar si puedes ser representado judicialmente por la CAJ.
La asesoría y la defensa por parte del abogado o abogada especialista en la materia se desarrollará durante toda la tramitación del juicio.
Infórmate del procedimiento y postulantes
Conocer másAcércate al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia o a alguno de sus organismos acreditados para formar parte de la nómina de personas interesadas en la adopción, la que distingue entre aquellos que residen en el país y los que no.
Este programa de adopción debe procurar al NNA una familia responsable. Te brindará apoyo y orientación sobre como recibir al niño y cuidarlo. También hará la evaluación técnica y la preparación de estos como familia adoptiva.
El trámite de adopción se realiza ante el Juzgado de Familia del domicilio del NNA si cumplen con los requisitos legales. Luego, comienza un proceso en el que el juez o la jueza escucha a los interesados en adoptar, al potencialmente adoptado y al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (si procede).
¿Cuáles son los requisitos para adoptar en Chile, según la nueva ley de adopción N.º 21.760?
- Edad:
- Ser mayores de 25 años y menores de 70 años.
- Tener una diferencia de edad mínima de 20 años y máxima de 52 años con el adoptado.
- Idoneidad parental: haber recibido certificación de condiciones generales para la adopción, otorgada por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.
- Antecedentes penales: no estar formalizado ni condenado por delitos contra niños, niñas o adolescentes que afecten su integridad física, psíquica o sexual.
- Excepciones:
- En adopciones solicitadas por cónyuges o convivientes civiles o de hecho, basta que uno de ellos cumpla con los requisitos de edad.
- No se exige diferencia de edad si uno de los solicitantes es ascendiente por consanguinidad del adoptado.
- Flexibilidad judicial: el juez puede rebajar o aumentar los requisitos de edad hasta en 5 años, por motivos calificados y en atención al interés superior del niño.
Revisa los documentos
Conocer más- Cédula de identidad de las personas solicitantes.
- Certificado de nacimiento del NNA.
- Copia íntegra de la inscripción del NNA.
- Copia autorizada de la resolución judicial que declara al NNA como susceptible de ser adoptado o adoptada.
- Informe de evaluación de idoneidad física, mental, psicológica y moral del o los solicitantes, emitido por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia o alguna organización acreditada ante él, como: Fundación San José para la Adopción, Fundación Chilena de la Adopción, Fundación Mi Casa y la Institución Colonia y Campamentos (más conocida como Quinta de Tilcoco).
- Certificado de residencia del NNA y de los solicitantes.
- Certificado de matrimonio de los solicitantes.
- Certificado de nacimiento y antecedentes de las personas solicitantes.
Solicita orientación
Conocer más- A través del sitio web de la Corporación de Asistencia Judicial.
- Presencialmente en oficinas de la CAJ en:
- Tarapacá (para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta).
- Valparaíso (para las regiones de Atacama, Coquimbo y Valparaíso).
- Región Metropolitana (para las regiones Metropolitana, O'Higgins, Maule y Magallanes)
- Biobío (para las regiones del Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Aysén).