Declaración de cosecha de vinos, mostos y chichas a granel

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Descripción

Si eres productor, realiza la declaración jurada anual de cosechas de vinos, mostos y chichas a granel, con el objetivo de mantener una información actualizada de la producción nacional.

Haz este trámite desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio de cada año en el sitio web y en las oficinas del SAG. La presentación fuera del plazo establecido puede llevar a multas por infracción a las disposiciones normativas.

Características del proceso:

Las y los productores que deseen certificar sus vinos deben incluir en esta declaración la especificación de cada uno de sus productos con sus características, tales como:

  • Variedad o cepa.
  • Denominación de origen.
  • Embotellado en origen.
  • Volumen.

En el caso de que las o los productores no deseen certificar sus vinos, deben realizar la declaración de cosecha, señalando la siguiente información:

  • Tipo (vinífero, de mesa o pisquero).
  • Variedad (vino blanco, vino tinto, mosto blanco, mosto tinto o chicha).
  • Volumen.

En el sitio web del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) escribe el RUT de la empresa, clave de acceso, selecciona actividad, y haz clic en "Ingresar". Si no tienes clave de acceso, regístrate.

Selecciona "declaración de cosecha de vinos con denominación de origen" o "declaración cosecha de vinos corrientes sin denominación de origen, chichas y mostos" y completa los datos solicitados. Podrás imprimir un respaldo de la declaración de cosecha de vinos, mostos y chichas a granel.

También puedes ir a una oficina del SAG con los documentos requeridos.

Importante: la vigencia de la declaración es de un año.

  • Ley Nº 18.455, de 1985, que fija normas de producción, elaboración y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas y vinagres. 
  • Decreto Nº 464 de 1994, del Ministerio de Agricultura, que establece zonificación vitícola y fija normas para su utilización. 
  • Resolución SAG Nº 41 de 1996, que refunde y amplía disposiciones relativas a la obligación de declarar al Servicio Agrícola y Ganadero la existencia y cosecha de vinos, chicas, mostos mudos y sulfitados. 

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