Inscripción en la Lista de Establecimientos Exportadores de Alimentos para Animales (LEEAA)

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Descripción

Solicita la incorporación al Listado de Establecimientos Exportadores de Alimentos para Animales (LEEAA).

Para inscribirse en esta nómina, los establecimientos deben haber realizado previamente el trámite de inicio de actividades y haberse incorporado en la Lista de Establecimientos Nacionales Fabricantes de Alimentos para Animales (LENAA).

Incorpórate en el listado durante todo el año a través del sitio web y oficina sectorial de SAG.

Establecimientos nacionales elaboradores de alimentos, suplementos, aditivos e ingredientes para alimentación animal que deseen exportar sus productos.

  • Carta simple dirigida al o la jefa de la oficina sectorial correspondiente a la ubicación del establecimiento (solo para trámite presencial).
  • Haber realizado previamente el trámite de inicio de actividades.
  • Estar incorporado a la LENAA.
  • Contar con inspecciones regulares del servicio, en las que se haya verificado el funcionamiento del sistema de aseguramiento de calidad y el cumplimiento de la normativa nacional vigente.

La vigencia es indefinida hasta que:

  • El establecimiento modifique las condiciones por las cuales fue incorporado al LEEAA.
  • Se detecten incumplimientos que obliguen a eliminar su registro de la lista de establecimientos.
  • El establecimiento no exporta en 24 meses.

El valor asociado es de 1,09 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

Reúne los antecedentes y preséntalos:

Importante: los antecedentes son evaluados, y si el establecimiento cumple, el SAG emite una resolución en que se otorga un número oficial con la incorporación a la lista oficial.

  • Ley N° 18.755, del 7 de enero de 1989, que establece normas sobre el SAG.
  • Decreto Supremo (DS) Nº 4, del 4 de julio del 2017, que aprueba reglamento de alimentos para animales.
  • Resolución Exenta Nº 2.084, del 27 de abril de 2013, que actualiza el sistema de inscripción en listado de establecimientos exportadores de alimentos para animales y deroga Resolución Nº 5.903, de 2008.
  • Resolución Exenta Nº 2.487, del 26 de mayo de 2009, que establece los requisitos operacionales y estructurales de fábricas de ingredientes de origen animal destinados a la alimentación animal.
  • Resolución Exenta Nº 1.992, del 13 de mayo de 2006, que establece la nómina de aditivos autorizados para la elaboración de alimentos y suplementos para animales.
  • Resolución Exenta N° 5.580, del 24 de octubre de 2005, que establece requisitos para el funcionamiento de fábricas y plantas elaboradoras de alimentos y suplementos para animales.
  • Resolución Exenta Nº 6.612, del 30 de octubre de 2018, que establece la nómina y garantía de ingredientes a ser usados en la fabricación de alimentos o suplementos para animales.
  • Resolución Exenta N° 5630, de 2021, Fija tiempos estándares para las actividades asociadas a la inscripción en el listado de establecimientos exportadores de alimentos para animales.
  • Resolución Exenta N° 5.025, del 9 de septiembre de 2009, que establece alcance del programa de aseguramiento de calidad en fábricas o elaboradoras de alimentos y suplementos para animales y fábricas de ingredientes de origen animal destinados a la alimentación animal.

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