Inscripción de una variedad en la lista de variedades oficialmente descritas (LVOD)

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Descripción

Inscribe una nueva variedad de especie agrícola (excepto ornamentales y hortícolas) a la lista de variedades oficialmente descritas (LVOD).

Si la documentación presentada es coherente con lo establecido, el SAG emitirá una resolución de incorporación y permitirá su comercialización.

Solicita la inscripción durante todo el año en el sitio web y en la oficina de partes del SAG. Debes hacerlo antes de la comercialización de la semilla a nivel nacional. 
  • Solicitud de inscripción: debes presentar información propia de la variedad (denominación, propietario, entre otros) y de la persona natural o jurídica interesada (nombre, dirección, contacto, entre otros). La denominación varietal propuesta no puede ser idéntica a las ya inscritas (especie y variedad) en la LVOD.
  • Descripción varietal: se debe presentar de acuerdo con las directrices de examen DHE de la UPOV por especie. Si deseas inscribir una variedad para la cual la UPOV no posee la directriz de examen para la especie, puedes presentar una descripción varietal pertinente, teniendo presente que el SAG podrá aceptarla o pedir mayores antecedentes.
  • Antecedentes agronómicos.
  • Muestra estándar, la que debes enviar en las siguientes condiciones:
    • En envases adecuados, que eviten el deterioro de la semilla.
    • Correctamente identificada (especie y variedad).
    • En condiciones sanitarias óptimas.
    • Con un porcentaje de germinación y pureza que cumpla con el mínimo legal.
    • Señalando si se encuentra desinfectada o con algún producto químico.
  • Además, la cantidad de muestra que debes entregar dependerá del tamaño de la semilla:
    • 5 kilos para especies con grano de tamaño igual o superior al grano de trigo.
    • 1 kilo para especies con grano de tamaño inferior al grano de trigo.
    • 150 tubérculos para el caso de papa.

La muestra estándar tiene un plazo de 10 días corridos para entregarse al SAG y se deberá enviar directamente al:

  • Jefe del Subdepartamento de Biotecnología, Registro y Control de Semillas y Plantas del Departamento de Semillas y Plantas de la División Protección Agrícola, Forestal y Semillas, quien está ubicado en Paseo Bulnes Nº 140, Santiago.

Para las muestras de papa, dirigir a:

  • Laboratorio Regional del SAG de Osorno, ubicado en la ruta Puerto Octay U-55 V, calle de servicio, Osorno.

Importante:

Ingresa al sitio web del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.

Completa la solicitud, adjunta los antecedentes requeridos y paga la tarifa correspondiente a la inscripción.

Si se acepta o rechaza la incorporación de la variedad en la LVOD, se emitirá una resolución exenta, la que deberás descargar en el sitio web del SAG. 

También puedes acudir a la oficina de partes del SAG, ubicada en Paseo Bulnes 140, Santiago.

Importante:

  • En el caso de una modificación de inscripción, solo se podrán cambiar direcciones, datos del representante legal, propietario, entre otros. No podrás modificar la denominación varietal ni la descripción varietal inscrita. De ser aceptada, se aprobará el cambio en el sistema.
  • Tendrás dos opciones de corrección a la solicitud después de la revisión de la documentación presentada. Si vuelves a entregar la solicitud con error, se emitirá una resolución de rechazo y tendrás que realizar el trámite nuevamente.

El costo de la inscripción es:

  • 0,63 Unidades Tributarias Mensual (UTM), correspondiente una nueva solicitud de inscripción.
  • 0,51 Unidades Tributarias Mensual (UTM), correspondiente a la modificación de una inscripción.

Importante: debes pagar al momento de enviar la solicitud, lo que no garantiza que esta sea aprobada.

  • La inscripción tiene una vigencia indefinida, emitiéndose por única vez una resolución exenta de incorporación a la LVOD.

El Decreto Ley (DL) Nº 1764, que fija normas para la investigación, producción y comercio de semillas, establece que toda semilla que se comercialice en el país debe:

  • Venderse envasada y etiquetada.
  • Cumplir con los requisitos mínimos de germinación y pureza establecidos para cada especie.
  • Poseer el mínimo de pureza varietal.
  • Garantizar que la variedad corresponda a su descripción varietal.
  • Cumplir con la tolerancia de malezas señaladas en la norma y otras exigencias para cada especie, establecidas por resolución del servicio.

Importante

  • Todos los antecedentes de la solicitud de inscripción de la nueva variedad serán evaluados en el Subdepartamento Biotecnología, Registro y Control de Semillas y Plantas del SAG. Si los antecedentes y la muestra estándar cumplen con las exigencias establecidas, se emitirá por única vez una resolución de incorporación a la LVOD.
  • Es importante que tengas en consideración que en una fiscalización del SAG, el inspector podrá cursar un acta de denuncia y citación al comerciante o envasador si la variedad de la semilla que expende no se encuentra inscrita en la LVOD.
  • Las variedades inscritas en la LVOD se encuentran publicadas en el sitio web del SAG y se actualizan mensualmente.
  • Ley de Semillas (Decreto Ley Nº 1.764 de 1977).
  • Reglamento Ley de Semillas (Decreto Supremo Nº 188, de 1978) y sus modificaciones.
  • Decreto Nº 104 de 1983, que establece normas relativas a genuinidad de variedades en transacciones de especies que indica.
  • Resolución N° 3080 de 2022, que establece requisitos para la comercialización de semilla corriente y deroga resolución que indica.

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