Descripción
Permite solicitar la constitución del derecho real de uso de tierras indígenas a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi).
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas y familias de sectores rurales que carecen de terrenos y vivienda propia y que pretenden postular a los programas habitacionales del Serviu en las regiones del Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Pertenecer a un pueblo reconocido: aymara, atacameño, quechua, diaguita, colla, rapa nui, mapuche, kawashkar y yagan.
- Mantener con el titular del dominio de la tierra la siguiente relación (por consanguinidad o afinidad): abuelo, abuela, padre, madre, hijo, hija, nieto, nieta, hermano, hermana, nuera y/o yerno.
- Ser mayor de edad.
- Carecer de un terreno propio para construir una vivienda.
Detalles
Conocer másLa Ley indígena establece en su artículo 17, que los titulares de dominio de tierras indígenas pueden constituir derechos reales de uso de determinadas porciones de su propiedad, en beneficio de sus ascendientes y descendientes por consanguinidad o afinidad, y los colaterales por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másEn el caso de personas naturales indígenas:
- Formulario tipo con información completa, firmado por el titular y el usuario (Formato disponible en Conadi y municipalidades).
- Dominio vigente de la propiedad.
- Certificado de hipotecas, gravámenes, prohibiciones e interdicciones (es uno sólo).
- Fotocopia de la cédula nacional de Identidad del propietario, de su cónyuge y del usuario.
- Fotocopia del certificado calidad indígena en caso de no poseer ningún apellido indígena.
- Certificado de nacimiento del usuario, donde aparezcan los nombres de los padres del beneficiario para acreditar parentesco.
En el caso de personas con herencias:
- Posesión efectiva y especial de herencia.
- Fotocopia de la cédula nacional de Identidad de todos los herederos y sus cónyuges.
- Fotocopia del certificado calidad Indígena en caso de no poseer ningún apellido indígena.
- Formulario tipo con información completa, incluyendo la autorización firmada por todos los herederos. (formato disponible en Conadi y municipalidades).
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másMientras exista la vivienda.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de Conadi, de las regiones del Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, según corresponda; a la municipalidad correspondiente al domicilio del titular de la tierra.
- A la persona que lo atienda, explíquele que necesita solicitar la constitución del derecho real de uso de tierras indígenas.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite obtendrá el certificado que acredita el derecho real de uso de tierras indígenas.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.