Descripción
Corresponde a un documento que emite el SAG, como autoridad sanitaria oficial, que certifica que un medicamento veterinario está registrado y se comercializa en el país, si su expendio está sometido a algún régimen restrictivo o control especial y que es elaborado en instalaciones industriales sometidas a inspecciones regulares, aplicando prácticas de calidad recomendadas por la Organización Mundial de la Salud.
Además, certifica que el establecimiento:
- Reúne las condiciones exigidas por la legislación sanitaria del país de procedencia.
- Tiene la autorización para fabricar y distribuir el producto, reproduciendo en forma íntegra la fórmula autorizada.
¿A quién va dirigido?
Conocer másDirector técnico de la empresa titular de la comercialización del medicamento veterinario registrado en el SAG.
Detalles
Conocer másLa solicitud debe indicar el tipo de certificado, número de registro SAG del producto y el país de destino del certificado.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Tener ClaveÚnica. Si no la tiene, solicítela.
- Cuenta de usuario del Portal Pagos del SAG.
- Boleta de pago o comprobante de recaudación.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másDos años.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "Ir al trámite".
- Una vez en el sitio web del SAG, ingrese su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "Continuar". Si no tiene esta clave, solicítela.
- Complete la solicitud con los datos de la empresa, país de destino, número de registro SAG, tipo de certificado (libre venta o de producto) y formato del certificado del producto.
- Pague la tarifa correspondiente en línea.
- Como resultado del trámite, un profesional del SAG revisará y le enviará el certificado para que lo pueda descargar.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer más- Emisión de certificado de libre venta, con declaración de fórmula cuali-cuantitativa, por cada producto: 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM).
- Emisión de Certificado de Producto. 0,5 UTM.
Marco Legal
Conocer más- Ley N.° 18755, Ley Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero.
- Decreto N.º 25, Reglamento de Productos Farmacéuticos de uso Exclusivamente Veterinario.
- Resolución N.º 2.361 de 2008, que fija estándares por actividades relacionadas con el registro y control nacional de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.