Inscribirse en el registro de comunidades y asociaciones indígenas

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Descripción

Permite a una comunidad o asociación indígena obtener una personalidad jurídica e inscribirse en el registro de comunidades y asociaciones indígenas, de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).

Si cumplen los requisitos, para obtener la personalidad jurídica las asociaciones solo deben entregar los documentos.
El trámite se puede realizar durante todo el año, en las oficinas de CONADI.

Comunidades y asociaciones indígenas que tengan una constitución acordada en una asamblea de la comunidad, en presencia de un notario, oficial del Registro Civil o secretario municipal.

Deben tener una directiva y sus estatutos deben estar aprobados. Además, tienen que cumplir las siguientes características:

Comunidades indígenas:

  • Provenir de un mismo tronco familiar.
  • Reconocer una jefatura tradicional.
  • Poseer o haber poseído tierras en común.
  • Provenir de un mismo poblado antiguo.

Asociaciones indígenas:

  • Estar organizadas en forma voluntaria y funcional, constituidas, al menos, por 25 personas.

Acta constitutiva de la comunidad o asociación registrada en su libro de acta, que contenga la siguiente información:

  • Fecha y lugar de la celebración.
  • Nómina e individualización de los socios mayores de edad de la comunidad que acudieron a la asamblea constitutiva, y los integrantes de sus respectivos grupos familiares.
  • Estatutos (texto íntegro aprobado por la asamblea) de la comunidad o asociación.
  • Firma y timbre del ministro de fe presente.
  • Título de merced (en que figure el nombre de la comunidad), en el caso de comunidades mapuche.
  • Certificado de antecedentes de cada uno de los miembros integrantes de la directiva de la comunidad o asociación.
  • Certificado de calidad de indígena para aquellos integrantes de la comunidad o asociación que no posean apellidos indígenas.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS).
  3. Explique el motivo de su visita: inscribir una comunidad o asociación indígena en el registro.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite obtendrá un certificado de inicio del trámite que indica la fecha para retirar el certificado definitivo.

Importante:

  • Si la organización cumple los requisitos, esta será inscrita en el registro en un plazo de 10 días.
  • Además, si así lo estima, Conadi tiene 30 días para rechazar la constitución de la comunidad o asociación debido a incumplimientos de la ley.
  • Luego de dado a conocer el rechazo, los interesados tienen 120 días para objetarlo. Si no lo hacen, se pierde la personalidad jurídica.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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