Descripción
Solicita el registro provisional (temporal) de productos inmunológicos de uso en salmónidos, bajo circunstancias excepcionales y científicas, siempre y cuando estén indicados para el tratamiento de una enfermedad y se haya verificado su calidad, seguridad y eficacia.
Revisa los documentos
Conocer másEl registro es el procedimiento destinado para verificar la calidad, eficacia y seguridad de un producto mediante la evaluación y reconocimiento de sus antecedentes.
Para aquello, debes reunir los antecedentes legales y técnicos señalados en la Guía de actividades y muestras del producto.
Importante: el SAG podrá solicitar antecedentes complementarios.
Verifica el costo asociado
Conocer másPor cada producto que contenga principios activos, agentes o sustancias nuevas a los registrados en el país, el precio es:
- Etapa 1 (verificación del expediente): 0,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
- Etapa 2 (evaluación del expediente): 20,5 UTM.
Registra los productos inmunológicos
Conocer másAdjunta la documentación a través del sitio web del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) con tu usuario.
Importante:
- Enviada la solicitud, tienes un plazo de 10 días hábiles para presentar los antecedentes (en formato físico) en la secretaría del Subdepartamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios, ubicada en Nataniel Cox 31, oficina 94, Santiago.
- El SAG emitirá una Solicitud de Prestación de Servicios y Notificación de Cobros (SPS) por concepto de Etapa 1: verificación del expediente, mediante el Portal de Pagos.
- Posteriormente, presenta el comprobante del abono para que el SAG verifique el expediente en un plazo de 10 días hábiles.
- Si es aprobada, el SAG emite una SPS por concepto de Etapa 2: evaluación del expediente, mediante el Portal de Pagos.
- Presenta el comprobante de pago y habrás concluido la tramitación del registro.
- Revisa el Manual para perfil solicitante.
Lee el marco legal
Conocer más- Ley N° 18.755, de 1989, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero.
- Decreto N° 25, de 2005, que aprueba reglamento de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.
- Resolución Exenta N° 2.361, de 2008, que fija estándares por actividades relacionadas con el registro y control nacional de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario, y deja sin efecto Resolución Exenta N° 3.686, de 1996.