Saldo insoluto IPS para chilenos y chilenas residentes en el extranjero

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Descripción

Si eres una persona heredera de un imponente o pensionado del Instituto de Previsión Social (IPS), solicita la devolución y el pago de los valores no cobrados (saldo insoluto) de una o más mensualidades previo al fallecimiento del o la titular residente en el extranjero.

Las y los herederos de la persona pensionada fallecida podrán sucederla mediante un testamento. A falta del documento, se aplicará lo establecido por la sucesión intestada señalada en el Código Civil.
Solicita el saldo insoluto durante todo el año en el consulado chileno de tu país de residencia.
  • Certificado de defunción del pensionado, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación chileno.
  • Declaración jurada consular, a través de la cual todos los beneficiarios señalan el vínculo con el pensionado fallecido, el estado civil de este al fallecer, declarando finalmente que no existe otro beneficiario con derecho a este beneficio.
  • Formulario de solicitud de beneficio en el extranjero, el que deberás registrar la identificación y firma de todos los beneficiarios, quienes a través de este documento otorgan poder a uno de ellos para representarles en el cobro del beneficio.
  • Certificado de matrimonio, emitido con fecha posterior al fallecimiento del causante, traducido al español (en el caso de documentos en idioma extranjero) y luego legalizado en el consulado de Chile.
  • Certificado de nacimiento del causante y sus beneficiarios (debe señalar el nombre de los padres).
  • Copia de las cédulas de identidad del causante y sus beneficiarios, legalizadas por el consulado.
  • Liquidación de pago de pensión del último mes cobrado.
  • Ficha para remesa del beneficio firmada por el beneficiario designado para cobrar.
  • Certificado bancario de la cuenta del solicitante (emitido y firmado por el banco, que indique: cuenta de titularidad del beneficiario, tipo y número de cuenta, nombre del banco, domicilio del banco, sucursal, códigos de transferencia internacional SWIFT, IBAN, CBU, según corresponda).
  • Formulario de antecedentes bancarios firmado por el beneficiario designado para cobrar, quien debe ser el titular de la cuenta.

Importante:

  • Si vives en Argentina o Suecia, puedes solicitar que el pago se realice a través de la empresa Western Union, completando el “formulario de antecedentes bancarios”.

Reúne los documentos y dirígete al consulado chileno respectivo para solicitar la devolución de los valores no cobrados. 

Importante: el trámite no tiene costo. 

  • Cuando muere un pensionado o pensionada que vivía en el exterior, debes inscribir la defunción ante el consulado chileno, presentando un certificado de defunción extranjero y el documento de identidad chileno.
  • Con ello podrás realizar la inscripción de la defunción ante el Registro Civil e Identificación, para que después obtengas el certificado de defunción chileno.

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