Pensión de viudez del IPS para residentes en el extranjero

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Descripción

Si eres una persona viuda de un imponente o pensionado del Instituto de Previsión Social (IPS) que reside en el exterior, y cumples con los requisitos establecidos por la ex caja de previsión a la que se encontraba afiliado o pensionado, accede desde el extranjero a un beneficio económico mensual (pensión de viudez).

Los requisitos y los documentos pueden variar, dependiendo de las condiciones exigidas por cada una de las ex cajas de previsión social. Obtén más información.
Solicita la pensión durante todo el año en el consulado chileno de tu país de residencia.

Importante: cada una de las ex cajas fusionadas en el actual IPS tienen, según su normativa particular, distintas exigencias respecto de los requisitos para obtener el derecho a la pensión de viudez. Por ejemplo, en algunas de las ex cajas de previsión, el viudo inválido podrá tener derecho a este beneficio.

Si eres una persona beneficiaria que vive en Argentina o Suecia, no necesitas presentar el certificado bancario ni el formulario de antecedentes bancarios, ya que puedes solicitar ante el consulado que tu pago sea remitido a través de la empresa Western Union.

Si cumples con los requisitos, dirígete al consulado chileno respectivo con la documentación para solicitar la pensión de viudez.

Importante: el trámite no tiene costo. 

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