Descripción
Si eres madre de un hijo o hija de filiación no matrimonial (sin vínculo matrimonial) de un imponente o pensionado del Instituto de Previsión Social (IPS) que falleció, accede desde el extranjero a un beneficio económico mensual, permanente y vitalicio (pensión de sobrevivencia).
Revisa los requisitos y documentos
Conocer másPuede acceder a este beneficio la madre de hijos o hijas de filiación no matrimonial del causante, que:
- Al momento del fallecimiento del imponente o pensionado del Instituto de Previsión Social (IPS) se encontraba soltera o viuda.
- Vivía a expensas del afiliado al IPS.
Documentos que debes presentar:
- Solicitud única de beneficios previsionales.
- Certificado de defunción del pensionado.
- Certificado de nacimiento de ambos (causante y solicitante).
- Certificado de nacimiento del o los hijos en común (que indique el nombre de los padres).
- Fotocopia de la cédula de identidad del causante y del beneficiario, legalizada por el consulado.
- Declaración jurada de convivencia y de haber vivido a expensas del causante, legalizada por el consulado.
- Certificado bancario de la cuenta del solicitante (emitido y firmado por el banco, y que indique: cuenta de titularidad del beneficiario, tipo y número de cuenta, nombre del banco, domicilio del banco, sucursal, códigos de transferencia internacional SWIFT, IBAN, CBU), según corresponda.
- Fotocopia de la lquidación de pago o el certificado de imposiciones.
- Ficha para remesa del beneficio.
- Formulario de antecedentes bancarios.
Importante: si eres una persona beneficiaria que vive en Argentina o Suecia, no necesitas presentar el certificado bancario ni el formulario de antecedentes bancarios, ya que puedes solicitar ante el consulado que tu pago sea remitido a través de la empresa Western Union.
Tramita la pensión de sobrevivencia
Conocer másSi cumples con los requisitos, dirígete al consulado chileno respectivo con la documentación para solicitar la pensión de sobrevivencia.
Importante: el trámite no tiene costo.