Descripción
Permite obtener un certificado de inscripción de establecimiento importador de productos farmacéuticos de uso veterinario.
Obtenga más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas jurídicas que deseen instalar un establecimiento para la importación y distribución de medicamentos veterinario (previamente registrados en el SAG).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Solicitud de inscripción de establecimiento importador de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario (Formulario F-RIS-AEM-PP-002).
- Permiso municipal.
- Iniciación de actividades.
- Fotocopia legalizada del título profesional del director técnico.
- Certificado de trabajo del director técnico.
- Convenio notarial de control de calidad con un laboratorio nacional (obligatorio cuando no posee laboratorio de control de calidad propio).
- Convenio notarial de prestación de servicios de almacenamiento (obligatorio cuando la bodega no es propia).
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa duración de la inscripción es indefinida, pero debe informar al SAG cualquier cambio en las condiciones originales que permitieron su inscripción, con la finalidad de emitir un certificado actualizado.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina sectorial del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) correspondiente a la jurisdicción del domicilio del establecimiento.
- Explique el motivo de su visita.
- Extregue los antecedentes requeridos.
- Pague el valor correspondiente.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de inscripción. El SAG evaluará los antecedentes presentados y, de ser necesario, solicitará información complementaria. Posteriormente, el SAG realizará la inspección del establecimiento y luego de esto, mediante resolución, aprobará o rechazará la solicitud.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másEstudio de antecedentes e inspección del establecimiento: dos Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Marco Legal
Conocer más- Ley orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero.
- Reglamento de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.
- Resolución Nº 2.361 de 2008 fija estándares por actividades relacionadas con el registro y control nacional de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.
- Resolución Nº 4.254 de 2017 crea el Sistema de Control oficial para la comercialización y uso de anabólicos con fines de promoción del crecimiento en bovinos.