Descripción
El Departamento de Autorización de Salida e Internación de Obras de Arte, es el organismo que autoriza la salida del país de toda obra de arte: pintura, escultura, dibujo, grabado, fotografía y otros formatos realizados por artistas chilenos, chilenas o extranjeros o extranjeras.
Obtén más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másTodas las personas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Definir la(s) obra(s) de arte que saldrán del país.
- Informar el país de destino.
- Identificar al solicitante.
- Declaración de avalúo de piezas con fines aduaneros.
- Datos de identificación de la obra: autor, título, técnica/soporte y medidas.
- Fotografías de las obras.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer más- Seis meses para obras de arte cuya salida no lesione el patrimonio de la nación.
- Dos años para obras de arte para las que se determina garantía de retorno debido a su interés patrimonial especial.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúne los antecedentes requeridos.
- Redacta un correo a salida.obras@mnba.gob.cl.
- Te enviarán un formulario de solicitud, el cual debes completar y luego reenviar al mismo correo.
- Como resultado del trámite, habrás solicitado un certificado de autorización de salida de obras de arte.
- La tramitación tiene una duración de cinco días hábiles, desde la recepción de la solicitud, hasta la entrega del certificado solicitado.
Importante: si se estima que la salida no significa daño al patrimonio o si la o las obras se consideran de interés patrimonial, la autorización de salida será consultada a las autoridades competentes. Si es autorizada, obtendrás un certificado de autorización dentro de cinco días hábiles o en el plazo que se indique.
Para más consultas, llama al teléfono +56 22 997 8718.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer más$5.000 por cada obra (reajustables semestralmente según el IPC).
Están exentas de cobro todas las tramitaciones cursadas por los propios autores de las obras.
En el caso de que corresponda: vale vista con monto determinado por la dirección del Museo Nacional de Bellas Artes o depósito de obra de arte de valor patrimonial equivalente, como garantía de retorno por obras de arte que con su salida provoquen una lesión al patrimonio artístico de la nación.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 17.236.
- Reglamento de ley, decretos Nº 3.858 y Nº 863.