Descripción
Permite obtener autorización para ejecutar el plan de rescate y relocalización de especies hidrobiológicas como medida de mitigación sobre especies protegidas o con medidas de administración.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales y jurídicas que cuenten con el personal y los conocimientos técnicos necesarios para realizar la investigación.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másDocumentos técnicos de referencia:
- Carta conductora, dirigida al subsecretario de Pesca y Acuicultura, suscrita por el solicitante en caso de que sea una persona natural, o por el representante legal en caso de personas jurídicas. Deberá indicar: nombre completo o razón social, RUT y domicilio.
- Currículum vitae, tanto del personal técnico como del jefe de proyecto, que acredite conocimientos de nivel técnico o profesional en las áreas de pesquería, acuicultura o ciencias del mar.
Antecedentes legales:
- Copia de la cédula de identidad en caso de ser persona natural. En caso de ser persona jurídica, copia autorizada de los estatutos sociales y de su representante legal, con sus respectivos certificados de vigencia.
- En el caso de ser un estudio con financiamiento público, deberán adjuntar copia del acto administrativo pertinente.
Para el trámite en línea debe contar con ClaveÚnica.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "Solicitar permiso".
- Una vez en el sitio web de Subpesca, ingrese su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "Ingresa". Si aún no la tiene, solicítela.
- Ingrese su solicitud.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 60 días hábiles mediante resolución, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial con la aprobación o rechazo.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso.
- Explique el motivo de su visita: solicitar permiso de rescate y relocalización.
- Entregue los documentos requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 60 días hábiles mediante resolución, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial con la aprobación o rechazo.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo. Sin embargo, el beneficio o beneficiaria deberá pagar la publicación en el Diario Oficial del abstracto de resolución que autoriza o rechaza la solicitud.
Marco Legal
Conocer más- Artículos 1º B y 1º C de la Ley general de pesca y acuicultura.
- Artículo 3 del decreto exento Nº 878/2011.