Descripción
Permite solicitar de forma conjunta, entre el concesionario y el interesado, la autorización para transferir y adquirir una concesión marítima.
¿A quién va dirigido?
Conocer másTitulares de concesión marítima e interesado en adquirir la misma, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Se haya ejecutado el total de las obras consignadas en el decreto y que el objeto de la concesión se esté cumpliendo. En casos calificados, debidamente fundamentados, el Ministerio podrá autorizar la transferencia, prescindiendo de esta exigencia.
- Se acredite estar al día en el pago de la renta y/o tarifa.
- La transferencia se solicite, a lo menos, 12 meses antes del vencimiento de la concesión.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másFormulario de solicitud dirigido al Ministerio de Defensa Nacional (disponible en la plataforma electrónica respectiva) el cual debe:
- Individualizar a los peticionarios (concesionario y adquiriente), indicándose respecto de ambos, el nombre completo o razón social, nacionalidad, domicilio, una dirección de correo electrónico (para efectos de notificación), profesión u oficio y rol único tributario o nacional. En el caso de las personas jurídicas, deberá indicarse, además, el nombre completo, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio y rol único nacional de quien actúe en su representación.
- Si los solicitantes son personas naturales, deberá adjuntarse la copia de las cédulas de identidad vigentes.
- Si son personas jurídicas, deberá acompañarse la copia del rol único tributario de estas y de las cédulas de identidad vigentes de quienes las representen en la solicitud. Acreditar existencia legal y vigencia, así como la personería de quien o quienes concurren en su representación. Los documentos no podrán tener una antigüedad superior a un año contado desde la fecha de presentación de la solicitud.
- Documento que acredite el pago oportuno de la renta y/o tarifa (debe encontrarse al día).
- Copia del contrato correspondiente, otorgado por escritura pública o autorizado ante notario, en el cual se deberá indicar que el mismo está sujeto a la condición suspensiva de que la transferencia sea autorizada por el Ministerio de Defensa Nacional.
- En el caso de que los concesionarios sean organizaciones de pescadores artesanales legalmente constituidas, y la concesión tenga por objeto el uso de mejoras fiscales construidas por el Estado, que en todo o en parte se transfieran a personas distintas de las organizaciones mencionadas anteriormente, deberán contar, con un informe del Sernapesca y de la Dirección de Obras Portuarias, respecto del cumplimiento de los Programas de Gestión y de Administración, Mantenimiento y Conservación, así como de la conveniencia de autorizar la transferencia.
- Para el trámite en línea debe tener ClaveÚnica.
Importante:
- El decreto supremo que autorice la transferencia otorgará simultáneamente la concesión al adquiriente.
- La concesión que se otorgue en virtud de una transferencia tendrá el plazo que reste al de la anterior, así como idéntico objeto, exigencias y modalidades.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "Solicitar transferencia".
- Una vez en el sitio web de la SSFFAA, haga clic en "Concesiones Marítimas", y luego en "Iniciar trámite de manera digital".
- Inicie sesión con su ClaveÚnica. Si aún no la tiene, solicítela.
- Complete el formulario, y adjunte los antecedentes correspondientes en formato digital.
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud.
Importante:
- Realizada la solicitud a través de la respectiva plataforma electrónica, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas verificará los antecedentes de conformidad a lo señalado en el artículo 45 del reglamento.
- Si la solicitud cumple con los requisitos, se declarará admisible y continuará su tramitación electrónica hasta la decisión definitiva, la que será notificada personalmente o por carta certificada.
- Si presenta algún inconveniente en el uso de la plataforma, envíe sus consultas al correo electrónico concesionesdigital@defensa.cl.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másDecreto Supremo (DS) Nº 9 de 2018, que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas.