Solicitud de determinación de un proyecto como otro medio de generación renovable no convencional

Última actualización:

Descripción

Solicita el pronunciamiento del Ministro o Ministra de Energía respecto de la calidad de un proyecto como otro medio de generación renovable no convencional.

Un comité interno analizará el proyecto presentado y, a través de un informe fundado, recomendará a la autoridad máxima del Ministerio de Energía si el proyecto puede ser considerado o no como “otro medio de generación renovable no convencional”, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos (número 7 del artículo 225°). Sobre la base de este informe, la autoridad dictará una resolución fundada que otorgue o rechace la solicitud.

Haz la solicitud durante todo el año en el sitio web, oficina de partes o en las secretarias regionales del Ministerio de Energía.

Carta solicitando la determinación de generación renovable no convencional al ministerio.

Proyecto que contenga lo siguiente:

  • Identificación del solicitante.
  • Descripción del proyecto.
  • Descripción de la tecnología que utiliza el proyecto.
  • Indicar la fuente de energía primaria y origen del potencial energético.
  • Descripción de la forma en que el proyecto contribuirá a diversificar las fuentes de abastecimiento de los sistemas eléctricos.
  • Describir el bajo impacto ambiental que causa la iniciativa, acompañando, si corresponde, la copia de la resolución de calificación ambiental, o pronunciamiento del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), señalando que el proyecto o modificación no debe someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental.
  • Indicar si existen proyectos similares en el país o en el extranjero.
  • Cualquier otro antecedente que consideres relevante.

Accede al sitio web del Ministerio de Energía con tu ClaveÚnica. Si no tienes, solicítala

Selecciona el tipo de solicitante: persona natural o jurídica. Completa los datos solicitados, y adjunta los documentos para enviar la solicitud de determinación de un proyecto como otro medio de generación renovable no convencional. El sistema te informará si tu requerimiento fue enviado con éxito y te entregará un número de folio.

También puedes ir a:

Importante:

  • El Comité de Análisis de otros Medios de Generación tiene 60 días hábiles para emitir el informe fundado con el resultado del análisis y evaluación de los antecedentes presentados, entregando una recomendación de otorgamiento o rechazo de la solicitud para consideración del Ministro de Energía. Posterior a esto, deberás recibir una resolución que indique si fue aprobado o rechazado el proyecto.
  • El trámite no tiene costo. 
  • La vigencia es indefinida, siempre y cuando se mantengan las características del proyecto original.

Se consideran como “medios de generación renovables no convencionales” aquellos que utilicen energías renovables para la generación de electricidad, contribuyan a diversificar las fuentes de abastecimiento de energía en los sistemas eléctricos y causen un bajo impacto ambiental.

Los detalles del procedimiento para la determinación de otros medios de generación renovables no convencionales los puede revisar en el Decreto Supremo N° 20 del 2 de marzo del 2015.

Revisa más información sobre energías renovables.

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
56279