Descripción
Permite solicitar autorización para la construcción de instalaciones radiactivas de primera categoría tales como: aceleradores de partículas, plantas de irradiación, laboratorios de alta radiotoxicidad, radioterapia y roentgenterapia profunda, gammagrafía y radiografía industrial.
Obtenga información sobre cómo:
- Solicitar autorización para el funcionamiento de estas instalaciones.
- Solicitar el cierre de estas instalaciones.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales y jurídicas que cuenten con autorización del Servicio de Salud correspondiente para desempeñarse u operar instalaciones radiactivas de primera categoría.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Plano de ubicación e informe de emplazamiento, cuando corresponda.
- Anteproyecto de construcción.
- Plano y memoria de diseño radiológico de la instalación, que incluya blindajes, manuales de los equipos, sistemas de seguirdad, control y sistemas auxiliares.
- Plan de utilización, con la descripción de los elementos radiactivos y/o equipos generadores de radiaciones ionizantes, y la utilización estimada de los mismos.
- Estar registrado en el sitio web de la Comisión Chilena de Energía Nuclear.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa autorización tiene una vigencia de tres años.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "Ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de la institución, seleccione la autorización respectiva, y haga clic en "Iniciar trámite".
- Escriba su RUT de usuario, sucursal y contraseña, y haga clic en "Ingresar". Si no está registrado, solicite una cuenta.
- Complete el formulario, y haga clic en "Agregar al carro".
- Para terminar, vaya a la opción “Carro de compras” y, si se requiere, complete datos solicitados.
- Verifique que todo esté correcto, y finalice la compra.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá respuesta en un plazo máximo de 40 días hábiles.
Marco Legal
Conocer másArtículo 9º del Decreto Supremo (DS) Nº 133, de 1984, del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas u opere tales equipos y otras actividades afines.