Descripción
Permite a quien ejecute trabajos o realice actividades deportivas, culturales, artísticas o sociales en las vías públicas, solicitar una autorización para hacer uso total o parcial de la calzada, incluyendo su cierre si fuese necesario.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales y jurídicas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másLa solicitud debe contener los siguientes antecedentes:
- Breve descripción de las obras o actividades que requieren el cierre de calles.
- Plano de la ubicación.
- Plan de señalización y medidas de seguridad:
- El documento debe ser confeccionado por un ingeniero civil, arquitecto, constructor civil, ingeniero de ejecución de transporte y/o tránsito u otro profesional con experiencia en el área.
- Las características específicas del plan dependerán del impacto que tengan los trabajos en el tránsito de peatones, vehículos y otros usuarios de la vía.
- Será la autoridad responsable de la operación de la vía (municipio o Dirección de Vialidad respectiva) quien deberá aportar los detalles y dar el visto bueno.
- El documento debe cumplir con los estándares mínimos especificados en el manual de señalización de tránsito. Se excluyen de este plan, los trabajos en la vía que tienen su origen en situaciones de emergencia, tales como, reposición de postes, reparación de pavimentos, trabajos de agua, gas y/o eléctricos, entre otros.
- Las obras que impliquen cerrar las calles por más de 15 días, deberán agregar una Carta Gantt de los desvíos.
Importante: los antecedentes deben estar en formato PDF.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “Ir al trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web de Subtrans, complete su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”, si no la tiene solicítela.
- Complete y adjunte los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización para hacer uso total o parcial de la calzada, incluyendo su cierre si fuese necesario.
Importante:
- Durante el análisis de la solicitud, eventualmente, lo podrían llamar o citar a reuniones de análisis.
- Si no cuenta con la conectividad requerida, puede dirigirse a la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Transportes y Telecomunicaciones correspondiente, realizar la solicitud y entregar los antecedentes necesarios en formato PDF.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo la autorización. Sin embargo, para aquellos cortes de tránsito que tengan una duración superior a 30 días, el interesado (a su costa), deberá publicar el acto que lo autoriza en el Diario Oficial.
Marco Legal
Conocer más- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 1, texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito.
- Decreto Nº 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Artículo 3, inciso segundo, del Decreto Nº 83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.