Pensión para la madre de hijos o hijas de filiación no matrimonial

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Descripción

Este es el monto mensual que se te paga si eres la madre de hijos o hijas de filiación no matrimonial (MHFNM) cuando el trabajador o pensionado fallece por accidente laboral o enfermedad profesional. Accede a este beneficio si:

  • Eres madre de hijos o hijas de filiación no matrimonial del trabajador fallecido, soltera o viuda, y vivías a su cargo.
  • También aplica si eres madre de hijos o hijas de filiación no matrimonial del pensionado fallecido, soltera o viuda, y vivías a su cargo.

Obtén más información, detalles y vigencias de la pensión en el sitio web del Instituto de Seguridad Laboral.

Presenta los siguientes documentos al solicitar tu pensión:

Para el trámite en línea:

Si el causante era pensionado del ISL:

Si el causante era trabajador activo afiliado al ISL:

  • Formulario Único de Prestaciones Económicas (FUPEC), indicando que solicita pensión para la madre de hijos o hijas de filiación no matrimonia.
  • Cartola histórica de AFP.
  • Liquidación de sueldo de seis meses inmediatamente anteriores al accidente o inicio de la invalidez de la enfermedad profesional.

Para el trámite en oficina:

  • Poder simple de la beneficiaria, si el trámite se realiza a través de una tercera persona.
  • Poder o mandato notarial si la voluntad de la beneficiaria es que un tercero cobre la pensión.
  • Copia de las liquidaciones de sueldo de los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha del accidente laboral o del diagnóstico de la enfermedad profesional.
  • Certificado histórico de cotizaciones de la AFP respectiva.
  • Certificado de afiliación a Isapre.
  • Si la MHFNM percibe pensión en un régimen distinto al de los administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS) debe acompañar antecedentes correspondientes (AFP, Mutual, Capredena, Dipreca, entre otros).

Si el causante era empleado del sector público, se debe agregar a todos los antecedentes anteriores:

  • Certificado de rentas emitido por el empleador, que acredite las remuneraciones correspondientes a los últimos seis meses.
  • Si eres funcionario de la salud, deberás presentar la Resolución Anual de Turnos de Emergencia, mediante la cual le autorizaron este estipendio.
    •  

La MHFNM de un pensionado o pensionada, debe presentar los siguientes antecedentes:

  • Poder simple de la beneficiaria si el trámite se realiza a través de una tercera persona.
  • Poder o mandato notarial si la voluntad de la beneficiaria es que un tercero cobre la pensión.
  • Certificado de afiliación a ISAPRE.
    •  

Si el causante trabajaba en una entidad empleadora con administración delegada del seguro de la Ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, además debe presentar:

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