Descripción
Permite solicitar a la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) la nominación de un liquidador titular y suplente, de la categoría que corresponda, que asumirán en los procedimientos de liquidación y liquidación Simplificada.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPueden realizar este trámite quienes hayan iniciado previamente en el tribunal competente un procedimiento concursal de liquidación de empresa deudora o un procedimiento concursal de liquidación simplificada de persona o empresa deudora que califique como micro o pequeña empresa.
Microempresa: debe registrar en el último año calendario ingresos anuales por ventas y servicios que no hayan superado las 2.400 UF, y tener contratados de 1 a 9 trabajadores.
Pequeña empresa: debe registrar en el último año calendario ingresos anuales por ventas y servicios que estén entre las 2.400 y 25.000 UF, y tener contratados de 10 a 49 trabajadores.
Detalles
Conocer másSolamente se podrá solicitar una nominación de liquidador (titular o suplente). No se podrá volver a solicitar una nueva nominación en la medida que el procedimiento, que dio inicio a la solicitud original, no se encuentre finalizado mediante resolución judicial, firme y ejecutoriada.
Importante:
- Recibida la solicitud de nominación, la superintendencia analizará los antecedentes presentados. Si estos están correctos, notificará dentro del día siguiente de presentada la solicitud a los tres mayores acreedores del deudor para que efectúen la votación correspondiente.
- En caso contrario, la superintendencia rechazará la solicitud y realizará las observaciones que correspondan, mediante resolución exenta dictada especialmente para el efecto, y notificará al solicitante vía correo electrónico para que solucione los errores encontrados.
- Los acreedores, dentro de los dos días siguientes de notificada la solicitud, deberán proponer por escrito o por correo electrónico a un liquidador titular y suplente.
- El liquidador titular y suplente que resulten nominados serán inmediatamente notificados por la superintendencia para que acepten el cargo o presenten excusa, la que deberá ser fundada.
- Aceptado el cargo, la superintendencia emitirá el certificado de nominación correspondiente y lo remitirá directamente al tribunal para su designación.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másEs necesaria la ClaveÚnica, adicionalmente, debe presentar:
- Copia de la solicitud de inicio del procedimiento presentada al tribunal, junto con el certificado de envío de la causa unificados en un archivo.
- Copia de la nómina de acreedores, que contenga nombre de los acreedores, un monto de deuda único y unificado para cada uno, el domicilio de los acreedores, datos de contacto (correo electrónico y/o número telefónico) de los acreedores y la naturaleza de los créditos.
Importante: descargue el manual que le ayudará a realizar correctamente el trámite.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "Solicitar nominación".
- Una vez en el sitio web de la Superir, seleccione la nominación que desea realizar.
- Escriba su RUN y clave, y haga clic en "Autenticar". Si no está registrado, solicite la ClaveÚnica.
- Haga clic en "Iniciar".
- Complete los datos requeridos, adjunte los documentos, haga clic en "Siguiente" y, posteriormente, en "Finalizar".
- Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de nominación de liquidador titular y suplente, y recibirá un comprobante de solicitud.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.