Dote matrimonial del ISL

Última actualización:

Descripción

Permite solicitar la dote matrimonial del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

Este dinero se paga por una sola vez a:

El trámite se puede realizar durante todo el año a través del sitio web y en oficinas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

Importante:

  • El derecho a la dote matrimonial se pierde si no se solicita dentro del plazo de dos años, contados desde la fecha en que se adquiere el derecho al beneficio.

El monto del beneficio de la dote matrimonial corresponderá a dos años de la pensión de viudez o madre de hijos o hijas de filiación no matrimonial de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, calculado sobre la base de las mensualidades de la última pensión recibida antes de contraer matrimonio:

Importante:

  • La dote matrimonial se paga por una sola vez.
  • La pensión de viudez o de madre de hijos o hijas de filiación no matrimonial se termina, por cuanto al casarse pierden del requisito legal para continuar percibiendo el beneficio.
  • Al monto de la dote matrimonial se le descontará las mensualidades pagadas con posterioridad a la fecha del matrimonio.

Trámite en oficina:

  • Poder simple de la beneficiaria, si el trámite se realiza a través de una tercera persona.
  • Poder o mandato notarial, si la voluntad de la beneficiaria es que un tercero cobre la dote matrimonial.

Trámite vía online:

- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "ir a trámite en línea".
  2. Una vez en el sitio web del ISL, complete el formulario y adjunte los antecedentes requeridos.
  3. Como resultado del trámite, se le enviará un correo electrónico indicando que su requerimiento fue enviado con éxito y se le indicará un número de caso.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos. 
  2. Diríjase a una oficina del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la dote matrimonial.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, recibirá una copia de la solicitud realizada. Obtendrá una respuesta en un plazo de 30 días contados desde la presentación de la totalidad de los documentos requeridos.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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