Descripción
Permite solicitar el pago de la pensión de retiro o el reembolso de los gastos médicos que no alcanzó a cobrar un pensionado fallecido.
¿A quién va dirigido?
Conocer másExisten dos tipos de herederos:
- Directos: cónyuge o conviviente civil, e hijos y/o hijas.
- Indirectos: familiares distintos a los mencionados anteriormente.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másCónyuge:
- Certificado de matrimonio.
- Certificado de defunción del imponente.
- Certificado de defunción del o de la cónyuge del imponente, si corresponde.
- Certificado de nacimiento de cada uno de los hijos o hijas del imponente fallecido, que contenga el nombre completo de los padres.
- Certificado de defunción de las hijas y/o hijos fallecidos (si corresponde) y certificado de nacimiento de los hijos e hijas de estos (si existen).
Otros familiares:
- Certificado de nacimiento de cada una de las personas herederas.
- Certificado de defunción del imponente y cónyuge.
- Copia de inscripción de la posesión efectiva en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
Importante: todas las personas herederas, mayores de 18 años, deben autorizar ante notario a una de ellas para efectuar el cobro de los haberes insolutos.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másCuatro años desde la fecha en que falleció el pensionado de retiro de Dipreca.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a:
- Oficinas regionales de Dipreca. Puede agendar una hora en el sitio web de la institución.
- Hospital de Carabineros (HOSCAR), ubicado en Antonio Varas 2500, Ñuñoa, Santiago.
- Entregue los antecedentes requeridos y complete el formulario.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el pago de haberes insolutos de Dipreca.
Importante: si requiere mayor información, llame al Call Center de Dipreca 600 6135 600 (desde celulares y red fija).
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.