Descripción
Permite a personas jurídicas acceder a recursos o fondos del Estado, con el propósito de financiar sus iniciativas comunitarias.
A diferencia de los subsidios y concursos del Fondo de Desarrollo Indígena, los beneficiarios no tienen la obligación de restituir el dinero o realizar una contraprestación a cambio.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas jurídicas (comunidades y asociaciones indígenas) beneficiarias de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másRUT de la organización o número de la personalidad jurídica.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna el antecedente requerido.
- Diríjase a la oficina de atención de público de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).
- Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción en el registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos de CONADI.
- Entregue el antecedente requerido.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción. Si corresponde, recibirá en forma inmediata un certificado que acredita su registro como persona jurídica receptora de fondos públicos.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 19.862.
- Resolución exenta Nº 240 de marzo de 2004.