Descripción
Obtén un monto de dinero que se te pagara mensualmente, como el hijo o la hija sobreviviente de un trabajador o pensionado que fallece a causa o con motivo de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, en los siguientes casos:
- Eres menor de 18 años.
- Tienes entre 18 y 24 años y cursas estudios secundarios, técnicos o superiores.
- Posees una invalides.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer másInfórmate de la vigencia
Conocer más- Tu derecho a la pensión de orfandad es hasta que cumplas 18 años.
- Para extender la vigencia de la pensión de orfandad debes presentar tus certificados de alumno regular.
- La pensión de orfandad termina al 31 de diciembre que cumples 24 años de edad.
- En el caso de estar inválido, la pensión de orfandad es vitalicia.
- El pago de la pensión de orfandad se suspende o puede reducirse su monto, si obtienes un beneficio en el antiguo régimen previsional, con el cual presente incompatibilidad de monto, según lo prescrito por el Decreto Ley Nº 1026/75.
- Si falleces o no cobras la pensión por seis meses, esta se suspenderá.
Conoce los documentos
Conocer másPara realizar el trámite en línea:
Si el causante era pensionado del ISL:
- Formulario Único de Prestaciones Económicas (FUPEC), indicando que solicitas la pensión de orfandad.
- Certificado de alumno regular (solo para hijos mayores de 18 años).
Si el causante no era pensionado del ISL:
- Formulario Único de Prestaciones Económicas (FUPEC), indicando que solicitas la pensión de orfandad.
- Certificado de alumno regular (solo para hijos mayores de 18 años).
- Cartola histórica de AFP.
- Copia de liquidaciones de sueldo correspondiente a 6 meses antes del accidente del trabajo o enfermedad profesional.
Para realizar el trámite en oficina, consulta los documentos en el sitio web del ISL.
Solicita tu pensión
Conocer más- A través del sitio web del Instituto de Seguridad Laboral.
- Presencialmente en: