Pensión de montepío de Gendarmería, Dipreca o SRCeI

¿Dónde realizar este trámite?

Última actualización: 4 de abril, 2024

Descripción

Como heredero o heredera legal de los imponentes que fallecieron en situación de retiro, servicio activo, con derecho a pensión o en actos propios del servicio, solicita la pensión de montepío de funcionarios pertenecientes a las siguientes instituciones: Gendarmería de Chile, Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).

El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de Dipreca.

Personas herederas de imponentes que fallecieron en situación de retiro, en actos propios del servicio o en servicio activo con derecho a pensión, que pertenecían a Gendarmería de Chile, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), señalados a continuación:

  • Cónyuge.
  • Hijos.
  • Padre/Madre.
  • Madre hijo/a no matrimonial. LEY N° 15.386 Art. 24.

Importante: pensionados y pensionadas de montepío que se encuentren y acrediten su calidad de estudiantes, de un establecimiento reconocido por el Ministerio de Educación, podrán recibir el beneficio entre los 18 y 24 años de edad.

Para realizar este trámite se deben cumplir con los siguientes requisitos, según sea el caso:

  • Si el causante es cónyuge: solicitud de montepío cónyuge.
  • Si el causante es madre de hijo o hija no matrimonial: solicitud de montepío madre de hijo o hija no matrimonial.
  • Si el causante es hijo o hija: solicitud de montepío hijo.
  • Si el causante es madre o padre: solicitud de montepío madre/padre. 
  • Si el causante requiere de la solicitud de acrecimiento: solicitud de acrecimiento.

Antecedentes generales requeridos:

  • Certificado de nacimiento del o la solicitante.
  • Fotocopia de Cédula de Identidad del o la causante (ambos lados).
  • Certificado de Defunción del o la causante.

Importante: considerar que para cada tipo de causante se requiere la documentación indicada en el formulario respectivo.

Las pensiones de montepío son irrenunciables siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos para su obtención. 

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúne los antecedentes requeridos.
  2. Dirígete a una oficina, según tu caso:
    Si se trata de un ex funcionario de Dipreca, Gendarmería o Registro Civil, solictalo en 21 de mayo Nº 592, Santiago Centro o Plataformas regionales.  Agenda tu hora en el sitio web.
  3. Entrega los antecedentes requeridos.
  4. Como resultado del trámite, habrás solicitado tu pensión

Importante: si requieres más información, llama al Call Center de Dipreca: 600 6135 600 o al +56 2 2 2818 57 30.

- Instrucciones contacto telefónico
  1. Llama al Call Center de Dipreca 600 6135 600 o al +56 2 2 2818 57 30
  2. Explica el motivo de tu llamado, pensión de montepío.
  3. Como resultado, habrás consultado por el trámite, recibiendo información y orientación.
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
5081

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