Descripción
Como heredero o heredera legal de los imponentes que fallecieron en situación de retiro, servicio activo, con derecho a pensión o en actos propios del servicio, solicita la pensión de montepío de funcionarios pertenecientes a las siguientes instituciones: Gendarmería de Chile, Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas herederas de imponentes que fallecieron en situación de retiro, en actos propios del servicio o en servicio activo con derecho a pensión, que pertenecían a Gendarmería de Chile, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), señalados a continuación:
- Cónyuge.
- Hijos.
- Padre/Madre.
- Madre hijo/a no matrimonial. LEY N° 15.386 Art. 24.
Importante: pensionados y pensionadas de montepío que se encuentren y acrediten su calidad de estudiantes, de un establecimiento reconocido por el Ministerio de Educación, podrán recibir el beneficio entre los 18 y 24 años de edad.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másPara realizar este trámite se deben cumplir con los siguientes requisitos, según sea el caso:
- Si el causante es cónyuge: solicitud de montepío cónyuge.
- Si el causante es madre de hijo o hija no matrimonial: solicitud de montepío madre de hijo o hija no matrimonial.
- Si el causante es hijo o hija: solicitud de montepío hijo.
- Si el causante es madre o padre: solicitud de montepío madre/padre.
- Si el causante requiere de la solicitud de acrecimiento: solicitud de acrecimiento.
Antecedentes generales requeridos:
- Certificado de nacimiento del o la solicitante.
- Fotocopia de Cédula de Identidad del o la causante (ambos lados).
- Certificado de Defunción del o la causante.
Importante: considerar que para cada tipo de causante se requiere la documentación indicada en el formulario respectivo.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLas pensiones de montepío son irrenunciables siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos para su obtención.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúne los antecedentes requeridos.
- Dirígete a una oficina, según tu caso:
Si se trata de un ex funcionario de Dipreca, Gendarmería o Registro Civil, solictalo en 21 de mayo Nº 592, Santiago Centro o Plataformas regionales. Agenda tu hora en el sitio web. - Entrega los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrás solicitado tu pensión
Importante: si requieres más información, llama al Call Center de Dipreca: 600 6135 600 o al +56 2 2 2818 57 30.
- Llama al Call Center de Dipreca 600 6135 600 o al +56 2 2 2818 57 30
- Explica el motivo de tu llamado, pensión de montepío.
- Como resultado, habrás consultado por el trámite, recibiendo información y orientación.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másDecreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 2 sobre el estatuto del personal de Carabineros de Chile.