Descripción
Permite a los titulares pensionados de retiro y montepío, y a los titulares beneficiarios de pago directo y retención judicial, registrar un poder en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) para que un apoderado tramite, cobre y perciba diversos beneficios en su representación.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPensionados de retiro y montepío, y beneficiarios de retención judicial de Capredena. En ambos casos, deben ser mayores de 18 años.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Alguno de los siguientes documentos:
- Poder general o especial, firmado ante notario en escritura pública.
- Poder especial concedido mediante instrumento privado, firmado ante notario.
- Formulario carta poder de Capredena, firmado ante notario.
Importante:
- Es necesario que el titular gestione el poder ante el notario.
- Cuando un pensionado, montepiado y/o beneficiario de retención judicial no puede expresar claramente su voluntad de palabra o por escrito, y no se encuentre en condiciones físicas o mentales para otorgar o renovar el poder debe gestionar la condición de discapacidad ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). Posteriormente, es necesario declarar judicialmente la incapacidad relativa o absoluta del titular ante el tribunal respectivo, quien designará a un curador que actuará como representante legal de éste, para su protección y la administración de sus bienes.
- Los menores que carezcan de padre y/o madre que los represente, deben tramitar la designación de un tutor o curador ante los tribunales de justicia.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa carta de poder tiene una vigencia de dos años.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a Casa Matriz, agencias regionales u oficinas de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
- Explique el motivo de su visita.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá registrado el poder. La aprobación y entrega de la copia del poder será de cuatro días aproximadamente en la Casa Matriz. Si la carta poder se entrega en agencias y oficinas regionales, los plazos serán informados por los funcionarios o funcionarias que reciban el documento.
Importante: si necesita más información, llame al 600 830 6700 o al 2 2830 6700, de lunes a viernes, entre las 8:00 y 17:30 horas.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.