Descripción
Solicita a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) el dinero equivalente a un mes de pensión de retiro o montepío o un mes de remuneración del funcionario o funcionaria en servicio activo que falleció, el que será utilizado para cubrir sus gastos funerarios.
Si el gasto lo asume un tercero, es decir, las personas que no son beneficiarias del montepío, la asignación por muerte corresponderá a dos sueldos base mensuales del grado 18 de la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas o instituciones que se hicieron cargo de los gastos funerarios de un funcionario o funcionaria en servicio activo, o pensionado o pensionada de retiro o montepío de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
Importante: el trámite lo puede realizar el apoderado o apoderada del titular, debidamente acreditado por la unidad de poderes de Capredena.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másSi la persona que genera el beneficio era pensionada de retiro o montepío:
- Certificado de defunción, emitido por el Registro Civil (opcional).
- Cédula de identidad vigente de la persona que haga el trámite.
- Factura electrónica de servicios funerarios con la identificación del pensionado fallecido, o la boleta de venta nominativa a nombre de la persona que se hizo cargo de los gastos del funeral.
- Cédula de identidad vigente de la persona que realice el trámite.
- Certificado cuota funeraria emitido por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, con el fin de acreditar que la persona que solicita el beneficio es asignataria de montepío.
- Certificado de matrimonio, emitido por el Registro Civil, si corresponde (opcional).
- En caso de que los servicios funerarios fueran hechos mediante un contrato previo, se deben presentar los documentos que acrediten dicho contrato.
Si la persona que falleció era un funcionario en servicio activo:
- Certificado de defunción, emitido por el Registro Civil (opcional).
- Cédula de identidad vigente de la persona que haga el trámite.
- Factura electrónica de servicios funerarios con la identificación del pensionado fallecido, o la boleta de venta nominativa a nombre de la persona que se hizo cargo de los gastos del funeral.
- Certificado emitido por la unidad a la que pertenecía el imponente en el que se indique que no falleció en acto el servicio.
- Última liquidación de remuneración del o de la causante, con detalle de haberes y descuentos.
- Certificado de matrimonio, emitido por el Registro Civil, si corresponde (opcional).
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másEl cobro de este beneficio caduca en el plazo de un año desde la fecha de fallecimiento del o de la causante.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúne los antecedentes requeridos.
- Dirígete a:
- Una agencia regional de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
- Sucursal del BancoEstado (solo en comunas donde Capredena no tenga presencia).
- Explica el motivo de tu visita: solicitar la asignación por muerte de Capredena.
- Entrega los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrás solicitado la asignación por muerte.
Importante:
- Si la documentación está completa, se realizará el pago. El plazo es de cinco días hábiles si el trámite lo hizo en una agencia regional de Capredena, o inmediato si el requerimiento lo presentó en una sucursal del BancoEstado.
- Si necesita más información, llame al 600 830 6700 o al +56 2 2830 67 00.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másDecreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 209 que fija el texto definitivo de la Ley de Retiro y Montepío de las Fuerzas Armadas.