Descripción
Permite a los cónyuges de imponentes o pensionados fallecidos del antiguo Sistema de Reparto acceder a un monto de dinero mensual, permanente y de por vida.
La pensión de viudez la otorga el ex Servicio del Seguro Social (SSS) y las siguientes ex cajas del antiguo Sistema de Reparto:
- Empleados Particulares (EMPART).
- Empleados Públicos y Periodistas, sector público y sector periodistas).
- Marina Mercante Nacional (sección tripulantes de naves y operarios).
- Empleados Municipales de la República.
- Obreros Municipales de la República.
- Empleados Municipales de Santiago.
- Hípica Nacional.
- Empleados y Obreros de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias, departamento de obreros y departamento de empleados).
¿A quién va dirigido?
Conocer másEl ex Servicio del Seguro Social (SSS) y cada ex caja del antiguo Sistema de Reparto define a sus beneficiarios y requisitos. Sin embargo, la pensión de viudez se entrega, generalmente, a la viuda o el viudo en situación de discapacidad.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad.
- Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado o una apoderada.
- ClaveÚnica, si lo hace de forma online.
Importante: obtenga más información sobre los documentos específicos que deben entregar los beneficiarios en el campo Descripción (haga clic en la respectiva excaja).
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másVitalicia, siempre que los beneficiarios y beneficiarias cumplan los requisitos.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en “Elija una opción” y luego en “Solicitar pensión”.
- Una vez en el sitio web de IPS en Línea, escriba su RUN y haga clic en “Ingresar”.
- Seleccione “Pensión de viudez”, y pinche en “ClaveÚnica”.
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Autenticar”. Si no la tiene, solicítela.
- Complete los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. El sistema generará un número de solicitud, que podrá usar en la misma plataforma para comprobar el estado de su requerimiento, en la sección “Consulta de solicitudes”.
Importante: puede consultar el estado de su trámite llamando al 101 en estos horarios.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una sucursal ChileAtiende.
- Explique el motivo de su visita: solicitar una pensión de viudez del ex Servicio de Seguro Social (SSS) o una ex caja del antiguo del Sistema de Reparto.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.
Importante: consulte el estado del trámite llamando al 101, en estos horarios.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 15.579.
- Artículo 13 de la Ley Nº 10.475.
- Artículo 23 de la Ley Nº 10.662.
- Decreto Supremo (DS) Nº 770, de 1948.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 91, de 1979.
- Decreto Supremo (DS) Nº 1670, de 1946.
- Artículo 10 del Decreto Ley (DL) Nº 2.448.
- DO Nº 30.477, de 1979.
- Decreto Supremo (DS) Nº 566, de 1964.