Descripción
Permite que entidades sin fines de lucro soliciten autorización para la exhibición de producciones sin calificar en un festival o muestra de cine.
¿A quién va dirigido?
Conocer másEntidades sin fines de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
- El destinatario del beneficio de exención debe acreditar mediante documentos su calidad de institución sin fines de lucro.
- El material cinematográfico no debe estar calificado.
Detalles
Conocer másEste procedimiento es una atribución privativa del Consejo de Calificación Cinematográfica.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Carta de solicitud de auspicio dirigida al presidente del Consejo de Calificación Cinematográfica, la Subsecretaría de Educación o al secretario abogado del Consejo.
- Certificado de vigencia de personalidad jurídica.
- Formulario de solicitud de exención por cada película.
- Descripción breve de la obra.
- Programación (fecha y hora de exhibición).
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúne los antecedentes requeridos.
- Dirígete a la oficina del Consejo de Calificación Cinematográfica, ubicada en calle Fray Camilo Henríquez 262, 8º piso, Santiago. Horario de atención: de lunes a jueves de 9:00 a 13:30 y de 15:00 a 17:30 horas; viernes de 9:00 a 13:30 y de 15:00 a 16:30 horas.
- Explica el motivo de tu visita: solicitar la exención de calificación.
- Entrega los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrás presentado la solicitud. En un plazo de 20 días hábiles recibirás respuesta, a través de una resolución exenta que indicará la autorización o rechazo, según corresponda.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 19.846 sobre Calificación de la Producción Cinematográfica.
- Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.