Descripción
Solicita al Consejo de Calificación Cinematográfica que asigne la edad mínima permitida de un material cinematográfico (película, serie, cortometraje, largometraje, reportaje, u otro formato audiovisual) para su comercialización, distribución y exhibición pública.
Esta calificación se define según la violencia, el tipo de lenguaje utilizado y la temática que aborda la producción cinematográfica.
No son objeto de calificación:
- Los noticiarios.
- Producciones publicitarias, las de capacitaciones y sobre materias técnicas.
- Películas producidas especialmente para la televisión.
- Producciones cinematográficas ingresadas al país para exhibición privada.
Conoce los requisitos
Conocer másPara gestionar la calificación del material, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- El material cinematográfico no debe estar calificado en Chile.
- Tener los derechos de comercialización del material.
- Contar con la producción en soporte y en formato original.
Revisa los documentos requeridos
Conocer másPara solicitar la calificación deberás tener:
- Contrato de comercialización o cualquier instrumento que acredite la titularidad de los derechos de la producción, según lo establecido en los artículos 27, 28, 29 y 30 de la Ley N° 17.336.
- Producción cinematográfica original contenida en formato DCP o Blu-ray, tal como se va a exhibir (sin sellos de agua).
Solicita la calificación del material
Conocer másCompleta el formulario de solicitud de calificación y envíalo, junto al contrato de comercialización o documento que acredite titularidad en los derechos de la producción, al correo electrónico damaris.riquelme@mineduc.cl con copia a luis.mora@mineduc.cl.
Si prefieres, presenta el formulario y los documentos en la oficina del Consejo de Calificación Cinematográfica, ubicada en Fray Camilo Henríquez 262, piso 8, Santiago.
Importante:
- Cuando el Consejo lo indique, deberás presentar la producción cinematográfica original contenida en formato DCP o Blu-ray, tal como se va a exhibir (sin sellos de agua).
- El costo asociado es de 0,048 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por minuto de duración.
- Tendrás una respuesta en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde que realizaste el pago.
Gestiona la recalificación
Conocer más- Haber transcurrido al menos un año de la calificación o recalificación del material cinematográfico.
- Tener los derechos de comercialización.
- Contar con la producción en soporte y en formato original.
- Presentar una solicitud fundada.
Completa el formulario de solicitud de calificación y envíalo al correo electrónico damaris.riquelme@mineduc.cl con copia a luis.mora@mineduc.cl, junto al contrato de comercialización o documento que acredite titularidad en los derechos de la producción, según lo establecido en los artículos 27, 28, 29 y 30 de la Ley N° 17.336.
Si prefieres, presenta el formulario y el documento en la oficina del Consejo de Calificación Cinematográfica, ubicada en Fray Camilo Henríquez 262, piso 8, Santiago.
Importante: cuando el Consejo lo indique, deberás presentar la producción cinematográfica original contenida en formato DCP o Blu-ray, tal como se va a exhibir (sin sellos de agua).
Pide el certificado de calificación
Conocer másPara solicitar una copia del documento que acredita la calificación del material cinematográfico, completa el formulario de solicitud y envíalo al correo electrónico damaris.riquelme@mineduc.cl con copia a luis.mora@mineduc.cl.
Si prefieres, presenta el formulario en la oficina del Consejo de Calificación Cinematográfica, ubicada en Fray Camilo Henríquez 262, piso 8, Santiago.
Importante:
- Una vez calificado el material en un formato específico, no podrás solicitar una copia de certificados en otro distinto al que presentaste por primera vez, a no ser que sea la misma versión y que acredites los derechos de comercialización para el formato que solicitas.
- Si no completas el formulario, el Consejo te otorgará un plazo de 5 días hábiles para regularizar el inicio del procedimiento.
Lee el marco legal
Conocer más- Ley Nº 19.846, de 2003, sobre Calificación de la Producción Cinematográfica.
- Ley Nº 19.880, de 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.