Descripción
Permite a nuevas personas exportadoras recuperar anticipadamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por los gastos realizados en el proyecto de inversión que producirá bienes exportables.
El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo evaluará la solicitud y, en caso de autorizarla, dictará una resolución para que el exportador pida la devolución ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas que realicen un proyecto de inversión.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másAntecedentes generales:
- Formulario de solicitud y antecedentes del proyecto.
- Formulario de declaración jurada.
- Giro del proyecto.
- Productos que desean exportar.
- Exportaciones estimadas.
- Ubicación del proyecto.
- Antecedentes financieros: gastos de inversión (indicando los que están sujetos a cobro de IVA y los que no), además del flujo de ingresos y egresos.
- Cualquier otro antecedente que el interesado considere necesario para obtener una visión cabal del proyecto.
Personas naturales:
- Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente.
Personas jurídicas:
- Fotocopia del Rol Único Tributario de la sociedad.
- Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente del representante legal.
- Fotocopia de documentos que acrediten la personería de su representante legal.
- Copia de inscripción de la sociedad en el registro de comercio, con una antigüedad inferior a 30 días.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a:
- La oficina de partes del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, ubicada en avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre 2, edificio Santiago Down Town, primer piso, local 7.
- Una oficina de la Seremi de Economía, Fomento y Turismo.
- Explique el motivo de su visita.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la devolución, cuya respuesta podrá obtener en un plazo de cinco días hábiles.
Importante: si el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo aprueba el requerimiento, emitirá una resolución para que pueda solicitar la devolución ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Envíelos al correo comex@economia.cl.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado para importar una nave de alto tonelaje.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Resolución exenta Nº 114, de 2011.
- Decreto Nº 79, de 1991.
- Decreto Ley (DL) Nº 825 (Ley de IVA).