Descripción
Permite obtener la aprobación de la cantidad mínima de oficiales y tripulantes que deben conformar la dotación de una nave, para su operación segura en la mar.
¿A quién va dirigido?
Conocer másAl dueño, armador u operador de una nave o sus representantes debidamente acreditados.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Para la emisión del certificado, la nave deberá cumplir con lo siguiente:
- Estar matriculada en Chile o contar con pasavante.
- Acreditar las características referidas al arqueo bruto (AB), potencia de máquinas (Kw), característica de llamada y tipo de nave.
- Solicitud dirigida a la gobernación marítima del puerto de operación de la nave, proponiendo la dotación mínima de seguridad, conforme a las atribuciones y competencias establecidas en el convenio internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, ratificado por Decreto Supremo (DS) Nº 662, del 9 julio de 1987 y en el reglamento sobre formación, titulación y carrera profesional de la Gente de Mar, Decreto Supremo (DS) Nº 127 del 12 de marzo de 2019.
- Aportar antecedentes técnicos que acrediten características de la nave y área de navegación.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másPermanente, mientras no se modifiquen las condiciones en que fue otorgada la certificación.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "Solicitar certificado".
- Una vez en el sitio web de la institución, ingrese con su ClaveÚnica. Si aún no la tiene, solicítela.
- Haga clic en el menú "Nueva Solicitud" y selecione la opción según corresponda.
- Complete los datos requeridos, adjunte los documentos en caso de que corresponda y haga clic en "Solicitar".
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el documento.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la gobernación marítima correspondiente al puerto de operación de la nave.
- Explique el motivo de su visita: solicitar certificado de dotación mínima de seguridad para nave mayor.
- Entregue los documentos requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización de operación de la nave con una dotación mínima de seguridad. Se le entregarán dos ejemplares: uno para el armador y otro para la nave (formulario DGTM-400).
Importante:
- Para el caso de naves mayores, al ser solicitado el certificado, la gobernación marítima otorgará un certificado provisorio, mientras se tramitan los antecedentes en la Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas para la emisión del certificado definitivo, en un plazo de 30 días hábiles.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer más- Por emisión del certificado US$ 82,64.
- Por actualización del certificado original US$ 9,36.
- Costos que se encuentran especificados en el Decreto Supremo (DS) Nº 427 de 1979, reglamento de tarifas y derechos de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, art. 501º.
- Las tarifas se reajustan anualmente el 1 de enero, de acuerdo con el porcentaje de variación experimentado por el índice de precios al consumidor de los Estados Unidos o el índice que lo reemplace, en un margen de un año, contado a partir del 30 de noviembre del año anterior al de su vigencia.
- El pago por la emisión del certificado se puede realizar en las oficinas de recaudaciones de las respectivas capitanías de puerto jurisdiccionales dependientes de la Gobernación Marítima donde realiza el trámit en sucursales del Banco BCI o Banco Estado. También en línea por medio de botón de pago BCI.
Marco Legal
Conocer más- Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la Gente de Mar, STCW y sus enmiendas, ratificado por decreto supremo (DS) Nº 662 del 9 julio de 1987.
- Reglamento para fijar dotaciones mínimas de seguridad de las naves, decreto supremo (M) Nº 31 del 14 enero de 1999.
- Reglamento sobre formación, titulación y carrera profesional de la Gente de Mar, Decreto Supremo (M) Nº 127 del 12 de marzo de 2019.
- Circular D.G.T.M. y M.M. Ordinario Nº O-71/036 del 2 de julio de 2020, establece los principios relativos a la dotación mínima de seguridad, sus directrices, responsabilidades, orientaciones y el marco para su determinación.
- Reglamento de tarifas y derechos de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.