Descripción
Permite a personas naturales y jurídicas vender o ceder su arma de fuego a otra.
Importante: los interesados e interesadas deben solicitar una guía de libre tránsito para trasladar el arma al nuevo domicilio.
Revise más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas que tienen armas inscritas a su nombre y cumplen los siguientes requisitos:
- Sean mayores de 18 años (se exceptúan los y las menores de edad que se encuentran registrados como deportistas).
- Tengan domicilio conocido.
- Tengan cupos disponibles para la inscripción del arma.
- Aprobaron el examen de conocimiento sobre conservación, mantenimiento y manejo de armas al momento de inscribir el arma.
- No hayan sido sancionados en procesos relacionados con la Ley Nº 19.325 sobre procedimientos y sanciones relativas a violencia intrafamiliar.
- No se hayan registrado en su contra auto de apertura de juicio oral.
Importante: el trámite lo puede realizar el o la representante del o de la titular, a través de un poder notarial.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Certificado de antecedentes para fines especiales.
- Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente de la persona que inscriba el arma.
- Certificado médico emitido por un o una psiquiatra para acreditar que se encuentra psíquicamente apto o apta.
- Declaración jurada simple para acreditar domicilio (se completa al momento de realizar el trámite).
- Padrón original del arma del propietario o de la propietaria (si lo tiene).
- Declaración jurada ante notario para constatar que el propietario o la propietaria del arma no se pudo ubicar, y el interesado o la interesada se hará responsable del arma ante cualquier acción legal que pudiese interponer su dueño o dueña.
- Poder notarial en caso que el o la titular no pueda realizar el trámite.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile, correspondiente al domicilio donde se encuentra el arma.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la transferencia de un arma de fuego.
- Entregue los antecedentes requeridos, y realice el pago correspondiente.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la transferencia del arma, lo que se concretará con la entrega del padrón, que acredita la inscripción del arma.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 17.798.
- Decreto Nº 83, que aprueba el reglamento complementario de la Ley Nº 17.798 sobre control de armas y elementos similares.