Descripción
Permite a los interesados e interesadas solicitar a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) el documento necesario para efectuar transporte de pasajeros, pasajeras, carga o trabajos aéreos, según los parámetros de seguridad establecidos en las normas aeronáuticas DAN 119.
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Empresas chilenas o extranjeras que deseen realizar servicios de transporte aéreo, nacionales o internacionales, regulares o no regulares.
- Empresas chilenas o extranjeras que deseen realizar servicios de trabajos aéreos en territorio nacional.
- Operadores de la aviación no comercial que necesiten realizar servicios de transportes o trabajos aéreos pagados o sin fines de lucro.
- Empresas que deseen impartir instrucciones para la práctica de vuelo, a través de un Centro de Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC).
Importante: revise los requisitos específicos en la DAN 119.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- En primera instancia se solicitará solo la carta de intención.
- A medida que la empresa avance en el proceso, la DGAC solicitará otros documentos.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “Ir al trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web de la DGAC, complete la información solicitada, adjunte los antecedentes requeridos, y haga clic en “Enviar formulario”.
- El sistema le entregará el número de solicitud, y le dará la posibilidad de ingresar nuevos requerimientos.
- Como resultado del trámite, habrá coordinado una reunión para dar inicio a la primera etapa de solicitud de operador aéreo.
Importante:
- La DGAC programará una reunión con la empresa y las áreas involucradas. Durante la cita, el o la postulante a operador aerocomercial deberá exponer su proyecto, y los y las profesionales de la DGAC darán a conocer todos los aspectos relativos al proceso de certificación.
- Una vez que esté lista la aprobación, la DGAC autorizará la operación mediante resolución y el certificado de operador aéreo.
- Los interesados e interesadas deben pagar el valor de la tasa.
- La DGAC informa la autorización de las operaciones a los aeropuertos y aeródromos para que la empresa empiece sus operaciones.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másEl costo del trámite está contenido en las tasas y derechos aeronáuticos (artículo Nº 43) de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), el que se reajusta trimestralmente.