Descripción
Permite a personas naturales o jurídicas solicitar a la Dirección de Vialidad la autorización para habilitar un acceso a un camino público con fines industriales, comerciales, particulares, entre otros.
El permiso comprende cuatro fases:
- Factibilidad de emplazamiento.
- Aprobación del proyecto de ingeniería de detalles.
- Construcción de la obra.
- Autorización del acceso.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales y jurídicas que sean propietarias del predio donde se piensa realizar el acceso.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másDocumentos requeridos para:
Etapa 1: factibilidad de acceso:
- Formulario de solicitud de acceso a rutas nacionales y rutas concesionadas. El documento debe estar validado por una notaria o notario público.
- Certificado de línea, certificado de informaciones previas o certificado de ruralidad, según corresponda. El documento lo emite la Dirección de Obras Municipales (DOM).
- Certificado actualizado de dominio vigente del predio.
- Certificado de vigencia de la sociedad si se trata de una persona jurídica.
- Documento legal en que conste la personería del o de la representante legal.
Para proyectos urbanos:
- Anteproyecto aprobado por la Dirección de Obras Municipales (DOM) respectiva cuando se encuentre dentro de los límites urbanos.
- Diseño conceptual.
- Certificado de informes previos.
- Estudio de impacto vial aprobado por la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones respectiva.
Etapa 2: aprobación del proyecto de ingeniería de detalles:
- Proyecto de ingeniería de detalles.
Etapa 3: construcción del acceso:
- Solicitud de ocupación de faja fiscal.
- Boletas de garantía.
- Plan de señalización durante la ejecución de las obras viales.
- Programas de obras (carta Gantt).
Etapa 4: autorización de acceso:
- Solicitud de recepción de obras a la inspección fiscal.
- Planos de construcción.
- Certificado de dominio vigente, cuya antigüedad no sea superior a 60 días.
- Certificados de materiales y compactación.
Importante: para avanzar en cada una de las etapas es necesario haber cumplido la anterior.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes mencionados en la etapa de factibilidad de acceso.
- Haga clic en “Ir al trámite en línea”.
- Complete el formulario, adjunte los documentos, y haga clic en “Enviar”.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la factibilidad del punto de conexión de acceso.
Importante:
- En un plazo de 60 días hábiles, se emitirá el documento que informa si la respuesta de factibilidad fue:
- Favorable: se darán a conocer las condiciones técnicas y administrativas que debe cumplir para la elaboración del proyecto de ingeniería de detalles. La Dirección de Vialidad podría solicitar documentos adicionales.
- Negativa: el interesado o interesada deberá reformular el punto de conexión a la vía y volver a entregar los documentos con la nueva propuesta.
- La persona interesada tiene un plazo de 60 días hábiles para la presentación del proyecto de ingeniería de detalles. Una vez ingresado, la institución pública emitirá su pronunciamiento:
- Favorable: se otorgará la conformidad técnica del proyecto, informando las condiciones y restricciones bajo las cuales se concede.
- Negativo: se fijará un plazo de 45 días hábiles para el reingreso del proyecto que resuelva las observaciones planteadas.
- En la etapa de construcción del acceso, el interesado o interesada tendrá que entregar los documentos requeridos a la dirección regional si se trata de un camino público y a la inspección fiscal si es un camino concesionado, además de solicitar la entrega del terreno al inspector o inspectora fiscal para dar inicio a la construcción del proyecto aprobado.
- Para obtener la autorización de acceso, la persona interesada debe solicitar la recepción de la obra y entregar los documentos requeridos. La Dirección de Vialidad emitirá una resolución exenta, autorizando el acceso al propietario o propietaria del predio favorecido.
- Reúna los antecedentes mencionados en la etapa de factibilidad de acceso.
- Diríjase a:
- La oficina de partes de la Dirección de Vialidad, ubicada en Morandé 59, piso 2, Santiago o a la oficina de la dirección regional de vialidad si se trata de la regularización de acceso a un camino público.
- La oficina de inspección fiscal de contrato de concesión respectivo si se trata de regularización de acceso a rutas concesionadas.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la autorización de acceso a un camino público y/o concesionado.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la factibilidad del punto de conexión de acceso.
Importante:
- En un plazo de 60 días hábiles, se emitirá el documento que informa si la respuesta de factibilidad fue:
- Favorable: se darán a conocer las condiciones técnicas y administrativas que debe cumplir para la elaboración del proyecto de ingeniería de detalles. La Dirección de Vialidad podría solicitar documentos adicionales.
- Negativa: el interesado o interesada deberá reformular el punto de conexión a la vía y volver a entregar los documentos con la nueva propuesta.
- El interesado o interesada tiene un plazo de 60 días hábiles para la presentación del proyecto de ingeniería de detalles. Una vez ingresado, la institución pública emitirá su pronunciamiento:
- Favorable: se otorgará la conformidad técnica del proyecto, informando las condiciones y restricciones bajo las cuales se concede.
- Negativo: se fijará un plazo de 45 días hábiles para el reingreso del proyecto que resuelva las observaciones planteadas.
- En la etapa de construcción del acceso, la persona interesada tendrá que entregar los documentos requeridos a la dirección regional si se trata de un camino público y a la inspección fiscal si es un camino concesionado, además de solicitar la entrega del terreno al inspector o inspectora fiscal para dar inicio a la construcción del proyecto aprobado.
- Para obtener la autorización de acceso, el interesado o interesada debe solicitar la recepción de la obra y entregar los documentos requeridos. La Dirección de Vialidad emitirá una resolución exenta, autorizando el acceso al propietario o propietaria del predio favorecido.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Decretos supremos que declaran caminos públicos.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) MOP Nº 850, de 1997.
- Resolución DV Nº 232 del 2002.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 458, de 1976.
- Ordinario DV Nº 779, del 2011.